ESPINOSA/TRANSPORTES GRUPO CHILE SPA
Rol
O-2863-2021
Fecha
27 de agosto de 2021
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don ANTONIO DEL CARMEN ESPINOZA ZAMORA (RUT N ° 8.733.488-0), dependientes, domiciliado -para estos efectos- en calle Esmeralda N ° 973, oficina 502, comuna de Valparaíso, quien deduce demanda de declaración de existencia de unidad económica y subterfugio laboral, nulidad de despido, despido indirecto y cobro de prestaciones laborales, en procedimiento de aplicación general, en contra de las empresas SERVICIOS ADMINISTRATIVOS CONTABLES Y FINANCIEROS LIMITADA, empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES EXPRESO NORTE AC LIMITADA, empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES TACC MINING S.A.; empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES TACC CARGO LIMITADA; empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES RUTA NORTE LIMITADA; empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES VIA BUS S.A., empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES NORTE GRANDE S.A., empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES E INVERSIONES SAN IGNACIO LIMITADA; empresa del giro de su denominación; TRANSPORTES GRUPO CHILE SPA, todas representadas legalmente por don ALEJANDRO GILBERTO CARRIZO CARRIZO y en contra de las personas de don ALEJANDRO GILBERTO CARRIZO CARRIZO, empresario del transportes y de don PEDRO GILBERTO CARRIZO ROJAS, empresario del transporte; todos con domicilio en Eduardo Frei Montalva N °1371, comuna de Independencia, Región Metropolitana, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que pasa a exponer: Indica que con fecha, 1 de marzo de 2009, fue contratado para prestar funciones de conductor recaudador, en la empresa Transportes Vía Bus Limitada. Esta relación laboral, a la fecha del despido indirecto, tenía un carácter indefinido. Menciona que las empresas y personas demandadas de Servicios Administrativos Contables y Financieros Limitada, Transportes Expreso Norte AC Limitada, Transportes TACC Mining S.A., Transportes TACC Cargo Limitada; Transportes Ruta Norte Limitada; Transportes Vía Bus S.A., Transportes Norte Grande S.A., Transportes e Inversiones San Ignacio Limitada, Transportes Grupo Chile Spa, don Alejandro Gilberto Carrizo Carrizo y don Pedro Gilberto Carrizo Rojas se encuentran relacionadas entre sí y constituyen una sola unidad económica o único empleador en los términos del artículo 3 del Código del Trabajo, todas las empresas tienen una dirección laboral común y que concurren a su respecto indicios tales como similitud o necesaria complementariedad de sus productos o servicios, existencia de un controlador común, giros análogos complementarios, la misma directiva y dueños y que todos tienen domicilios comerciales en la misma región. Estas empresas realizan transportes de carga y pasajeros bajo el nombre de fantasía "Expreso Norte y se encuentran estrictamente relacionadas por tener una dirección laboral común representada por la familia de don Alejandro Carrizo Carrizo, según se acreditará. En definitiva, se acreditará en este juicio que concurren respe
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 420, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; 144 del Código de Procedimiento Civil; 1698 del Código Civil; se declara: I. Que se rechaza la demanda en todas sus partes. II. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese, hágase devolución del documento que fue incorporado ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT : O-2863-2021 RUC : 21- 4-0336400-K Pronunciada por doña DANIELA DE LOS ANGELES GONZALEZ MARTINEZ, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintisiete de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintisiete de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don ANTONIO DEL CARMEN ESPINOZA ZAMORA (RUT N ° 8.733.488-0), dependientes, domiciliado -para estos efectos- en calle Esmeralda N ° 973, oficina 502, comuna de Valparaíso, quien deduce demanda de declaración de existencia de unidad económica y su
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