C/ EDUARDO ENRIQUE REBOLLEDO BASTÍAS
Rol
O-1081-2022
Fecha
26 de agosto de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): El 24 de febrero de 2022 a las 19:25, en San Francisco De Asís con Tucán, Maipú, EDUARDO ENRIQUE REBOLLEDO BASTIAS, fue sorprendido por funcionarios policiales comercializando un envoltorio contenedor de droga, a cambio de dinero; y portando además consigo 39 envoltorios contendores de 11,3 gramos de cocaína base y $12.000, sin contar con autorización al efecto y de esta forma, induciendo, promoviendo y facilitando el uso o consumo de sustancias prohibidas por la ley 20.000. Asimismo, y con su autorización, en su domicilio ubicado en San Francisco de Asís 5329, Maipú, mantenía guardadas para la comercialización, 44 envoltorios contenedores de 6,3 gramos de cocaína base y 1 bolsa de 35 gramos de cocaína, la suma de $9.500 y una pesa digital. Circunstancias modificatorias del artículo 11 N° 9 del Código Penal. Resolución: i.- Se condena a EDUARDO ENRIQUE REBOLLEDO BASTÍAS, ya individualizado, como autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, ocurrido en Santiago el día 24 de febrero de 2022 a la pena 541 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, al pago de una multa de 1/3 de UTM, comiso y destrucción de las especies incautadas en este procedimiento. ii.- Que la pena de multa regulada en la sentencia, se le sustituye conforme lo prevé el artículo 49 del Código Penal, por uno de los días que ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, en este caso, el día 25 de febrero de 2022. iii.- Que la pena corporal regulada en la sentencia, se le sustituye por la de remisión condicional de la pena, permaneciendo sujeto a la observación de Gendarmería de Chile, durante todo el periodo de extensión de la condena. Pena que cumplirá en el CRS Santiago Occidente, y al cual deberá presentarse dentro del 5° día de ejecutoriada la sentencia. La no presentación dará lugar a su r
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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA: Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. TRIBUNAL : 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: CLAUDIA CRISTINA BURGOS SANHUEZA RUC: 2200185075-3 RIT: 1081-2022 IMPUTAD O: EDU
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