ROFRIGO ELADIO CACERES CORVLAN C/ SOLANGE ESTER BENAVIDES ROJAS
Rol
O-333-2022
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO además lo dispuestos por los Art. 1 14, 15 21 25 0 49 50 6 69 del Código Penal; artículo 416 bis N° 4 del Código de Justicia Militar Ley 18.216 y modificatorias vigentes SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a SOLANGE ESTER BENAVIDES ROJAS, cédula de identidad número - con domicilio en Cienfuegos sitio casa de San Javier, ya individualizada, a tres penas SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, como autora de LESIONES LEVES a funcionario policial en funciones por hechos acontecidos el día 05 de enero del año 2022 en la ciudad de Talca, en perjuicio de los Carabineros Luis Villagrán Cortés, Rodrigo Cáceres Corvalán y Francisca Jimenez Muñoz. II. Que las penas privativas de libertad le son sustituidas por horas de PRESTACION DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse dentro de 5 días de ejecutoriada la presente sentencia al Centro de Reinserción de LINARES , informada que la no presentación constituye un quebrantamiento grave evento en el cual arriesga a perder esta forma de cumplimiento y en ese caso debería cumplir privada de libertad el tiempo que le falta, en forma sucesiva y sin solución de continuidad las penas privativas de libertad impuestas,
Fundamentos
considerando a su favor el tiempo efectivamente cumplido de la pena sustitutiva acuerdo al artículo 1 de la Ley 18.216. III. Se exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Procesal Penal. Código: HKSWXBZEMSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. RENUNCIA A LOS TERMINOS LEGALES Tanto el Ministerio Público y la defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, por lo anterior la sentencia queda firme con esta fecha. La condenada debe presentarse al Centro de Reinserción Social DE LINARES el día 6- - en horas de la mañana. De acuerdo al artículo 6 de la Ley 8. 6, este tribunal
Fallo
Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuestos por los Art. 1 14, 15 21 25 0 49 50 6 69 del Código Penal; artículo 416 bis N° 4 del Código de Justicia Militar Ley 18.216 y modificatorias vigentes SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a SOLANGE ESTER BENAVIDES ROJAS, cédula de identidad número - con domicilio en Cienfuegos sitio casa de San Javier, ya individualizada, a tres penas SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, como autora de LESIONES LEVES a funcionario policial en funciones por hechos acontecidos el día 05 de enero del año 2022 en la ciudad de Talca, en perjuicio de los Carabineros Luis Villagrán Cortés, Rodrigo Cáceres Corvalán y Francisca Jimenez Muñoz. II. Que las penas privativas de libertad le son sustituidas por horas de PRESTACION DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse dentro de 5 días de ejecutoriada la presente sentencia al Centro de Reinserción de LINARES , informada que la no presentación constituye un quebrantamiento grave evento en el cual arriesga a perder esta forma de cumplimiento y en ese caso debería cumplir privada de libertad el tiempo que le falta, en forma sucesiva y sin solución de continuidad las penas privativas de libertad impuestas, considerando a su favor el tiempo efectivamente cumplido de la pena sustitutiva acuerdo al artículo 1 de la Ley 18.216. III. Se exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto
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Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Talca., veinticinco de agosto de dos mil veintidós Magistrado ISABEL DEL CARMEN SALAS CASTRO Fiscal LORETO ESCOBAR SILVA POR PAOLA ANDREA GONZÁLEZ DÍAZ Defensor CLAUDIA ANGÉLICA LANDEROS GARRIDO Hora inicio 02:18PM Hora termino 12:24AM Sala PRIMERA SALA audio 24 y 25 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. Acta plc. RUC 220002 110
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