MANUEL ALEJANDRO PALMA CABEZAS C/ NN NN NN
Rol
O-3893-2017
Fecha
30 de agosto de 2022
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: HECHOS: “El día 10 de marzo de 2017, alrededor de las 02.00 horas, en el domicilio ubicado en Inca De Oro N° 7763, comuna La Granja, el imputado ORLANDO ALEX ROJAS PALMA, utilizando un arma de fuego, ejecutó un disparo en contra de la víctima MANUEL ALEJANDRO PALMA CABEZAS, impactando en el abdomen, causándole lesiones de pronóstico médico legal grave.-“ Por estas consideraciones y visto además de lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 21, 25, 30, 65 y siguientes del Código Penal, artículo 103 del mismo cuerpo normativo antes mencionado y artículo 397 N°2 del Código Penal; y normas de los artículos 47, 297, 340, 341, 342, 348, 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; y disposiciones de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a ORLANDO ALEX ROJAS PALMA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, como autor del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 397 N°2 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, cometido el día 10 de marzo de 2017, en la comuna de La Granja. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la de remisión condicional, por el término de un año, quedando sujeto a la asistencia y observación correspondiente del órgano administrativo de Gendarmería de WDHWXBXNXXD ALEJANDRA ANDREA MUÑOZ SANCHEZ Juez de garantía Fecha: 31/08/2022 14:09:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar u
Fallo
Por estas consideraciones y visto además de lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 21, 25, 30, 65 y siguientes del Código Penal, artículo 103 del mismo cuerpo normativo antes mencionado y artículo 397 N°2 del Código Penal; y normas de los artículos 47, 297, 340, 341, 342, 348, 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; y disposiciones de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a ORLANDO ALEX ROJAS PALMA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, como autor del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 397 N°2 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, cometido el día 10 de marzo de 2017, en la comuna de La Granja. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la de remisión condicional, por el término de un año, quedando sujeto a la asistencia y observación correspondiente del órgano administrativo de Gendarmería de WDHWXBXNXXD ALEJANDRA ANDREA MUÑOZ SANCHEZ Juez de garantía Fecha: 31/08/2022 14:09:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horari
Texto Completo (Preview)
RESUMEN RIT : - RUC : - MATERIA : LESIONES GRAVES IMPUTADO : ORLANDO ALEX ROJAS PALMA C.I. N° : - DOMICILIO : CALLE SAN FERMÍN N° , PUENTE ALTO FISCAL : MARÍA VERÓNICA AVILÉS DEFENSA : PAOLA TORRES PADILLA QUERELLANTE : CLAUDIA ARAYA PINO (CAVI LA GRANJA) ATENUANTES : ART. N° y N° DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago, a treinta de agost
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