Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

C/ ARIEL SEBASTIÁN ARRIAGADA UNQUÉN

Rol

O-1951-2022

Fecha

25 de agosto de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 17 de marzo del 2022 siendo las 02:20 horas aproximadamente, don ARIEL SEBASTIAN ARRIAGADA UNQUEN, conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Mazda, modelo 2, placa patente única CS LL-84, por calle Guillermo Pérez de Arce con calle Mateo Toro y Zambrano, comuna de Punta Arenas. Siendo fiscalizado por personal policial, quienes lo trasladan al Hospital Regional para realizar alcoholemia, la cual arrojo 2,07 gramos de alcohol por litro de sangre. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, veinticinco de agosto de dos mil veintidós. Teniendo presente lo anterior artículos 110 en relación con el 196 de la Ley de tránsito, artículos pertinentes del código penal, ley 18.216, artículos pertinentes del código Procesal penal se declara: I.- Que se CONDENA a don ARIEL SEBASTIAN ARRIAGADA UNQUEN, cedula nacional de entidad 18.209.207-K. como autor del delito consumado en grado AUTOR DEL DELITO DE MANEJO DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO EBRIEDAD, CAUSANDO DAÑOS, descrito sancionado en artículo 109, 111, 183, 196 y 209 de la Ley de tránsito N° 18.290. II.- Como autor, a la pena de 41 días de prisión mayor en su grado máximo, multa a beneficio fiscal de 2 UTM, más la suspensión de su licencia de conducir y prohibición de Código: NQEMXBBCGXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl obtenerla por el termino de 2 años, Accesoria legales del articulo 30 y siguientes del código Penal Respecto a la pena corporal, cumpliendo los requisitos legales y formales artículos 4 letras B de la ley 18.290 de se le concede el beneficio alternativo de la remisión condicional de la pena por un año quedando sujeto al control administrativo de asistencia obligatoria en Gendarmería de Chile de punta arenas que deberá cumplir dentro de 5to día de ejecutoriado presente fallo. III.-Respecto de la multa

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a don ARIEL SEBASTIAN ARRIAGADA UNQUEN, cedula nacional de entidad 18.209.207-K. como autor del delito consumado en grado AUTOR DEL DELITO DE MANEJO DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO EBRIEDAD, CAUSANDO DAÑOS, descrito sancionado en artículo 109, 111, 183, 196 y 209 de la Ley de tránsito N° 18.290. II.- Como autor, a la pena de 41 días de prisión mayor en su grado máximo, multa a beneficio fiscal de 2 UTM, más la suspensión de su licencia de conducir y prohibición de Código: NQEMXBBCGXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl obtenerla por el termino de 2 años, Accesoria legales del articulo 30 y siguientes del código Penal Respecto a la pena corporal, cumpliendo los requisitos legales y formales artículos 4 letras B de la ley 18.290 de se le concede el beneficio alternativo de la remisión condicional de la pena por un año quedando sujeto al control administrativo de asistencia obligatoria en Gendarmería de Chile de punta arenas que deberá cumplir dentro de 5to día de ejecutoriado presente fallo. III.-Respecto de la multa el Tribunal le concede un plazo a todo evento para el pago de 90 días, si no tuviera bienes para pagar el Tribunal procederá de acuerdo con la conversión artículo 49 del código Penal. IV.- Respecto de las costas del tribunal lo exime expresamente de las costas, dado que el imputado renunció a su derecho a juicio oral ahorrándole costo al Estado. Cúmplase con lo dis

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EXTRACTO DE SENTENCIA DICTADA EN AUDIENCIA SENTENCIA: En contra de don ARIEL SEBASTIAN ARRIAGADA UNQUEN, empleado, Cédula Nacional de Identidad N.º 18.209.207-K, domiciliado en Los Pioneros IV, Block B, departamento N° 402, de Punta Arenas, teléfono 9-53846533, HECHOS: El día 17 de marzo del 2022 siendo las 02:20 horas aproximadamente, don ARIEL SEBASTIAN ARRIAGADA UNQUEN, conducía en estado de eb

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