MP C/ ALEXIS ENRIQUE ESCOBAR INOSTROZA
Rol
O-80-2022
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Los días 17 y 18 de agosto de este año 2022 se constituyó la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, integrada por los Magistrados don Gabriel Ortiz Salgado quien presidió, doña Claudia Mora Cuadra y don Christian Leyton Serrano, para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto doña Carola D´Agostini Ibáñez, domiciliado en calle Freire N° 226 de la ciudad de Linares, en contra de ALEXIS ENRIQUE ESCOBAR INOSTROZA, cédula nacional de identidad N° 15.153.810-K, nacido el día 14 de octubre del año 1982, soltero, temporero agrícola, domiciliado en el sector Entrada Cerrillos, villa Sol Naciente sin número de la comuna de Longaví, representado por el Defensor Penal Privado don Ricardo Cereceda Chandía, domiciliado en Calle Estado N° 57 oficina 602 de la ciudad de Santiago, por estimarlo autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, descrito y sancionado en los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 20.000.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Ministerio Público sostuvo acusación por los siguientes hechos: “Sobre la base de un investigación realizada por la Brigada Antinarcóticos respecto de un sujeto conocido como Alexis, con domicilio en el Sector Cerrillos de la comuna de Longaví, quien tendría un cultivo de cannabis sativa y le vendería a diversos sujetos del sector, el día 12 de mayo de 2021 se realizó una entrada y registro a dicho lugar, alrededor de las 09:30 horas, sorprendiendo al imputado ALEXIS ENRIQUE ESCOBAR INOSTROZA manteniendo una habitación especialmente acondicionada para el cultivo de cannabis, la modalidad INDOOR, Código: FMRBXBXCXGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 donde habían dos bolsas contenedoras de dicha sustancia en estado seco, sustancia a granel con su respectivas ramas, una balanza sin marca ni número de serie al interior de una caja plástica con dos cantidades de dinero correspondiente a $30.000 (treinta mil pesos) y $ 293.000 (doscientos noventa y tres mil pesos), en el dormitorio guardaba tres bolsas y una caja, todas contenedoras de cannabis sativa, además de la suma en dinero en efectivo de $ 270.000 (doscientos setenta mil pesos) y $ 240.000 (doscientos cuarenta mil pesos), droga que dio un peso bruto total de un kilo con 689,75 gramos, destinada a su comercialización, presumiendo que el dinero también provenía de la venta de droga, toda sustancia que el imputado poesía y guardaba sin autorización competente”. Tales presupuestos fácticos fueron calificados por la Fiscalía como constitutivos del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, descrito y sancionado en los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 20.000, asignando al acusado participación en él en calidad de autor conforme a lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Por otro lado, en cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, postuló que en este caso no concurren. En razón de lo anterior, el Ministerio Público requirió se impongan al acusado las siguientes sanciones: “SIETE AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo, multa de SETENTA UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, conforme lo disponen los Art. 1 y 3 de la Ley Nº 20.000 sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, y Art. 28 del Código Penal respectivamente, al comiso de los efectos e instrumentos utilizados en la comisión del delito, esto es, droga y dinero, con expresa condena en costas. Asimismo, en el evento que el acusado sea condenado, solicita disponer la toma de muestra para la determinación de su huella genética y la incorporación de ésta al registro de condenados, conforme a lo prevenido en el Art. 17 de la Ley Nº 19.970”. SEGUNDO: Que, resumidamente, en su alegato de apertura el Ministe
Fallo
fallo sólo se extractará, de la prueba rendida durante la audiencia, lo que en definitiva resultó relevante y pertinente para la formación de la convicción del Tribunal. NOVENO: Que, tal como ya se comunicó a los intervinientes, este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal logró adquirir, luego del debate de rigor según lo prescrito en los artículos 339 y 340 del Código Procesal Penal y de ponderar la prueba producida conforme lo dispone el artículo 297 del código referido, la convicción de que se acreditaron los siguientes hechos penalmente relevantes materia de este juicio: Sobre la base de un investigación realizada por la Brigada Antinarcóticos de la Policía de Investigaciones referida a un sujeto nombrado como Alexis, con domicilio en el Sector Cerrillos de la comuna de Longaví, motivada por una denuncia en que se sostuvo que tal persona mantendría un cultivo de cannabis sativa y comercializaría dicha sustancia, en horas de la mañana del día 12 de mayo del año 2021, funcionarios de aquella unidad policial ejecutaron una entrada y registro al mencionado inmueble, constatando así que Alexis Enrique Escobar Inostroza mantenía, en una habitación especialmente acondicionada para el cultivo de cannabis sativa en la modalidad in door, cantidades de dicha sustancia en estado Código: FMRBXBXCXGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 13 seco tanto a granel y con su respectivas ramas como dentro de dos bolsas, además de u
Texto Completo (Preview)
1 PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : ALEXIS ENRIQUE ESCOBAR INOSTROZA DELITO : TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS (SIEMBRA Y COSECHA DE CANNABIS SATIVA) R. U. C. : N° 2100415511-1.- R. I. T. : N° 80-2022.- Linares, a veintinueve de agosto del año dos mil veintidós. VISTOS: Los días 17 y 18 de agosto de este año 2022 se constituyó la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica