Juzgado de Garantía de Rengo.

MP C/ NICOLÁS MARCELO RODRÍGUEZ SANDOVAL

Rol

O-1138-2022

Fecha

25 de agosto de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Con fecha 15 de abril de 2022, a las 16:25 horas aproximadamente, en la vía pública, en la intersección de calle Caupolicán con Quintalba de la comuna de rengo, el imputado, don Nicolás Marcelo, portaba al interior de un bolso, un arma cortante, esto es, un cuchillo tipo cocinero, marca Still, de 18,5 centímetros en total, con una hoja de 9,5 centímetros y una empuñadura plástica, color blanco de 9 centímetros, lo anterior sin justificar razonablemente su porte. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 15, 288 bis del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a NICOLÁS MARCELO RODRÍGUEZ SANDOVAL, Chileno, cédula de identidad N° 0019462928-1, domiciliado en Villa Santa Laura, pasaje Laura Vicuña Nº 304, Rengo., por los hechos del 15 de abril de 2022 ocurridos en la comuna de Rengo, por el delito de PORTE DE ARMA COTRANTE O PUNZANTE previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, a pagar una multa DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y el comiso del arma, la que se sustituye por pena de privación de libertad, y se le tiene por cumplida por el tiempo que estuvo privado de libertad en esta causa, a saber: los días 16 de abril, 13 de mayo y 04 de julio todos del presente año. II.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado responsabilidad en los hechos materia de requerimiento ahorrando recursos al erario nacional, se le exime del pago de las costas de la causa. Código: WXMVXBWDYEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la docume

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a NICOLÁS MARCELO RODRÍGUEZ SANDOVAL, Chileno, cédula de identidad N° 0019462928-1, domiciliado en Villa Santa Laura, pasaje Laura Vicuña Nº 304, Rengo., por los hechos del 15 de abril de 2022 ocurridos en la comuna de Rengo, por el delito de PORTE DE ARMA COTRANTE O PUNZANTE previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, a pagar una multa DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y el comiso del arma, la que se sustituye por pena de privación de libertad, y se le tiene por cumplida por el tiempo que estuvo privado de libertad en esta causa, a saber: los días 16 de abril, 13 de mayo y 04 de julio todos del presente año. II.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado responsabilidad en los hechos materia de requerimiento ahorrando recursos al erario nacional, se le exime del pago de las costas de la causa. Código: WXMVXBWDYEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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