TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA

MINISTERIO PUBLICO C/ BENITO ANTONIO SÁNCHEZ ZÚÑIGA

Rol

O-12-2021

Fecha

29 de agosto de 2022

Materia

OTRAS INFRACCIONES A LA LEY DEL BANCO CENTRAL., OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y de derecho, que se transcriben, en pro de garantizar el principio de congruencia. “Los acusados, BENITO ANTONIO SANCHEZ ZUÑIGA, y JONATHAN WILLIAM PEREZ ENCALADA, el día 18 de junio del año 2019 y en circunstancias que se trasladaban a bordo del vehículo tipo automóvil marca Chevrolet, modelo AVEO, color gris, Placa Patente Única MZ.6027 el cual era conducido por su propietario el acusado PÉREZ ENCALADA concurrieron a distintos pequeños establecimientos comerciales del sector rural sur de Melipilla, lugares en procedieron a hacer circular billetes falsos de la siguiente forma: a las 12:45 horas aproximadamente concurren hasta el establecimiento comercial denominado Supermercado FAL ubicado en Huerto 14, sector Carmen Bajo; Melipilla de propiedad de doña ANDREA ALEJANDRA ALLENDE LOYOLA, lugar en donde el acusado Pérez Encalada adquiere 2 aguas minerales marca Vital cada una por un precio de 500 pesos, sumando un valor total de 1000 pesos, procediendo a cancelar con un billete falso de cinco mil pesos por lo que la víctima procede a dar un vuelto de cuatro mil pesos y entregar las dos botellas de agua mineral, para luego los imputados darse a la fuga llevándose consigo las especies así adquiridas o defraudadas y el dinero correspondiente al cambio o vuelto de propiedad de la víctima; concurren también local al local comercial, de doña JUANA ROSA CAVIERES UBEDA emplazado en Comité Santa Fe, casa N° 12, localidad de Pabellón, comuna de Melipilla, lugar donde esta mantiene una Caja Vecina del BancoEstado, siendo las 12:00 horas aproximadamente los imputados realizan un depósito de la suma de quince mil Código: TXSPXBQZDCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 trescientos pesos, al efecto entregan a la víctima e 3 billetes falsos de cinco mil pesos y 3 monedas de cien pesos, para una vez que la víctima le entrega el respectivo comprobante de depósito proceden a darse a la fuga; en horas de la maña

Fundamentos

fundamentos de hecho de la acusación pesa sobre el persecutor, el proceso penal se basa y funda en un sistema contravencional y adversarial, de modo que, no habiendo discusión o contienda en cuanto a ciertos aspectos, no cabe sino, entender que existe acuerdo entre los intervinientes. Esto en nada afecta la garantía de presunción de inocencia ni menos el derecho a defensa, ya que sólo basta que la defensa manifieste pura y simplemente que cuestiona la existencia de tal o cual circunstancia para que toda la carga, esfuerzo y obligación probatoria cobre toda su plenitud respecto del Ministerio Público. Prueba de la fuerza que tiene el sistema contravencional y adversarial, es precisamente, la posibilidad que los intervinientes pacten convecciones probatorias; dicho de otro modo, las partes pueden convenir la ocurrencia de determinados hechos o circunstancias en las que no se requiere prueba para su corroboración. Así, la discusión en el presente juicio quedó fijada en determinar si los acusados tenían conocimiento de la falsedad de los billetes y si tuvieron el ánimo de hacerlos circular, lesionando el bien jurídico protegido, y, por otra parte, si el acusado Pérez Encalada, condujo a sabiendas, un vehículo motorizado con un permiso de circulación falsificado. Con todo, a pesar de no estar controvertidos los hechos descritos en el párrafo primero precedentemente y que constituyen el núcleo de la pretensión fáctica del acusador, este incorporó igualmente prueba testimonial, documental, pericial y otros medios de prueba. Así, para acreditar el objeto material de los delitos de la acusación, esto es, para probar que los objetos entregados por los acusados en los diversos negocios a los que acudieron y adquirieron especies con ellos, eran billetes falsos, y que el permiso de circulación también lo era, se trajo a estrados al perito Código: TXSPXBQZDCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 22 criminalista don José Miguel Sepúlveda Álvarez 1 quien expuso su Informe Pericial Documental No. 5633-2019 del Laboratorio de Criminalística de Carabineros, quien luego de exponer que el objeto de su pericia fue determinar la autenticidad de las evidencias documentales que se le remitieron y describirlas, indicando que la metodología empleada fue la comparación de las evidencias dubitadas (billetes E1 a E7) con una muestra testigo; y el permiso, por medio de recabar información de la Municipalidad de Melipilla, concluyó que los siete billetes periciados no contaban 1 José Miguel Sepúlveda Álvarez, Cédula Nacional de Identidad No. 14.037.047-9, Sargento Primero de Carabineros, Perito Documental, de dotación del Departamento de Criminalística de Carabineros, domiciliado en calle Maule No. 40 en la ciudad de Santiago, quien expuso su Informe Pericial Documental No. 5633-2019 del LABOCAR, informando acerca de las operaciones y procedimientos por él realizadas y las conclusiones a las que arribó. Explicó

Fallo

Se acuerda que, también, hicieron un depósito en una Caja Vecina. Este depósito no recuerda bien quien lo realizó, si él o su compañero; tampoco recuerda a quien iba dirigido el depósito. Se enteró que los billetes eran falsos cuando los paró una camioneta gris, antes no tenía idea. Los establecimientos a los que entraron estaban en el camino donde estaban buscando la dirección, no recuerda en cuanto tiempo realizaron las distintas compras y depósito. El vehículo en el que andaban era de Jonathan. El dinero con el que cancelaron estas golosinas era de propiedad de la persona que se lo entregó en pago por los ventanales a Jonathan Pérez Encalada. A su defensor le respondió que la entrega del ventanal fue en la mañana, no recuerda bien la hora. Entre la entrega del ventanal y su detención pasó un par de horas. Una vez que dejaron el ventanal en la carretera - el dinero lo recibió Jonathan - se dirigieron a un negocio para comprar algo para el desayuno. Desde el lugar donde dejaron los ventanales y el primer negocio no recuerda bien qué distancia había; en el primer local compraron cosas para tomar desayuno y preguntaron por la dirección que andaban buscando; cree que habían anotado mal la dirección, por eso no daban con el lugar. No recuerda a cuantos negocios pasaron, pero eran como dos o tres. Se dieron cuenta que los billetes eran falsos cuando llegaron tres personas en una camioneta gris y los apuntaron con armas. Él estaba comprando en un negocio, se abalanzaron en su con

Texto Completo (Preview)

1 ACUSADOS: BENITO ANTONIO SÁNCHEZ ZÚÑIGA JONATHAN WILLIAM PÉREZ ENCALADA DELITO : HACER CIRCULAR OBJETOS CUYA FORMA SE ASEMEJE A BILLETES DE CURSO LEGAL CONDUCCIÓN, A SABIENDAS, CON PERMISO DE CIRCULACIÓN FALSIFICADO (USO MALICIOSO DE INSTRUMENTO PÚBLICO) RUC : 1.900.655.561-9 RIT : 12-2021 Melipilla, a veintinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Integ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica