Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ GABRIEL ESTEBAN ARANDA MARTÍNEZ

Rol

O-200-2021

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 13 de enero de 2021 siendo aproximadamente las 18.20 horas el imputado GABRIEL ESTEBAN ARANDA MARTINEZ fue sorprendido por carabineros en calle Donald Canter a la altura del 4005 de la ciudad de Valdivia, conduciendo el vehículo marca Peugeot, modelo Allure, color blanco, el cual mantenía la placa patente GWTS41. El imputado conducía en conocimiento de que la patente que el vehículo portaba era falsa y que no correspondía a su original esto es, la placa patente HKCR53. El vehículo asociado a la placa patente HKCR53; había sido sustraído previamente el día 12 de octubre de 2018 en la comuna de San Joaquín región Metropolitana mediante el delito de robo con intimidación, siendo su propietario y víctima de dicho hecho Juan Riveros Latus, quien denuncio el hecho el día 13.10.2018.- Que la parte expositiva y considerativa se encuentran consignadas en el registro de audio correspondiente, conforme los artículos 39 y 41 del Código Procesal Penal, 29 inciso final y 62 inciso 3° y 5° del Auto Acordado contenido en Acta 71-2016 de la Excma. Corte Suprema; siendo la resolutiva del siguiente tenor: Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 50, 67, 69, 70, 456 bis A todos del Código Penal; artículo 192 letra E de la Ley de Tránsito 18.290, artículos 297, 340 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y la Ley 18.216, SE DECLARA: Que SE CONDENA a GABRIEL ESTEBAN ARANDA MARTÍNEZ, Cédula de Identidad Nº 18690388-9, con domicilio en Avenida Lastarrias, pasaje I, casa N° 045, Valdivia; por su participación de autor de los delitos de receptación de vehículos motorizado y de conducción de vehículo motorizado con licencia de un vehículo diverso a sabiendas, ambos en grado de ejecución consumados, perpetrados con fecha 13 de enero de 2021, en la comuna de Valdivia; a las siguientes penas: Por el delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADO: a- A la pena c

Fundamentos

considerando las penas corporales impuestas, que el sentenciado registra anotaciones prontuariales anteriores en el extracto de filiación y antecedentes del caso, que no exceden de Dos años de privación o restricción de libertad, y que se reúnen en la especie las exigencias del artículo 7 y 8 de la ley N° 18.216 y 20.603, por lo que las penas corporales impuestas se le sustituyen por la reclusión parcial nocturna domiciliaria, consistente en el encierro en su domicilio por el lapso de las condenas, que se computarán en conformidad al artículo 9 de las referidas leyes, y que se extienden desde las 22:00 y 06:00 horas de cada día. En caso de incumplimiento o quebrantamiento se estará a lo dispuesto en el artículo 24 y siguientes de dicha normativa, sirviéndole de abono el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa, jornada de detención del 13 de enero de 2021, más el tiempo que ha estado sujeto a arresto domiciliario parcial nocturno del artículo 155 A) Código Procesal Penal, de 20:00 a 08:00 horas, desde el 14 de enero de 2021 al día de hoy, cuenta con un total de 590 días de abono. Lo anterior, sin perjuicio de ponderar el lapso que proporcionalmente haya cumplido de la medida concedida en caso de incumplimiento o quebrantamiento. Ofíciese. No existiendo informe técnico favorable para monitoreo telemático, tal medida deberá iniciarse, de conformidad al artículo 7 inciso 5° de la ley Código: WXLCXBNNEZB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 18.216, excepcionalmente a contar del día 26 de septiembre del año en curso, quedando sujeto al control de la unidad policiaca más cercana a su domicilio ya referido, ofíciese en su oportunidad. Sin perjuicio de lo anterior, se otorga a la Defensa el plazo de 05 días a contar de ésta fecha, a fin de justificar informe técnico favorable para monitoreo telemático en relación al domicilio informado en la presente audiencia. En tal escenario, pasen los antecedentes a despacho para sustituir el modo de control. En caso contrario, rija lo resuelto precedentemente. Si hubiere factibilidad telemática, se le emplaza desde ya para concurrir al CRS de Valdivia a dar inicio a la sustitutiva, excepcionalmente para la misma fecha ya indicada, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en su contra; todo lo anterior si el presente

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 50, 67, 69, 70, 456 bis A todos del Código Penal; artículo 192 letra E de la Ley de Tránsito 18.290, artículos 297, 340 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y la Ley 18.216, SE DECLARA: Que SE CONDENA a GABRIEL ESTEBAN ARANDA MARTÍNEZ, Cédula de Identidad Nº 18690388-9, con domicilio en Avenida Lastarrias, pasaje I, casa N° 045, Valdivia; por su participación de autor de los delitos de receptación de vehículos motorizado y de conducción de vehículo motorizado con licencia de un vehículo diverso a sabiendas, ambos en grado de ejecución consumados, perpetrados con fecha 13 de enero de 2021, en la comuna de Valdivia; a las siguientes penas: Por el delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADO: a- A la pena corporal de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio. b- A la pecuniaria de multa de 05 UTM a beneficio fiscal. Código: WXLCXBNNEZB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por el delito de INFRACCIÓN ARTÍCULO 192 letra E de la Ley N° 18.290: c- A la pena corporal de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio. d- A la pecuniaria de multa de 05 UTM a beneficio fiscal. e- Que si el sentenciado no pagare las multas impuestas, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, de conformidad al artículo 49 del Código Penal, equiva

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SENTENCIA DEFINITIVA Valdivia, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 13 de enero de 2021 siendo aproximadamente las 18.20 horas el imputado GABRIEL ESTEBAN ARANDA MARTINEZ fue sorprendido por carabineros en calle Donald Canter a la altura del 4005 de la ciudad de Valdivia, conduciendo el vehículo marca Peugeot, modelo Allure, color blanco, el

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