C/ MARCELO IVÁN CIFUENTES CARTES
Rol
O-97-2022
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 13 de junio de 2019 alrededor de la 01:00 horas, el acusado Marcelo Iván Cifuentes Cartes junto a Abraham Esteban García Muñoz, previamente concertados, sustrajeron el vehículo tipo furgón, marca Suzuki, modelo Carry, color blanco, año 1995, PPU LF-4265, de propiedad de Pedro Perez Meza, que se encontraba estacionado frente al Nº2089 de Pasaje El Ravanal, comuna de Renca, para lo cual con elementos contundentes quebraron el vidrio de la ventana trasera costado izquierdo, lo que les permitió poder ingresar al vehículo con la finalidad de sustraerlo, de esta forma el acusado Marcelo Cifuentes procede a empujar el furgón mientras que el Abraham García, quien se encontraba en su interior, lo conducía, siendo sorprendidos en ese momento por vecinos del sector quienes dan oportuno aviso a funcionarios policiales, quienes proceden a su detención. Vehículo avaluado en $1.400.000.- A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de Robo de vehículo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso 2° en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, encontrándose el delito en grado de desarrollo consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, por cuanto ha tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa. No invocando circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, solicita se imponga al acusado MARCELO IVÁN CIFUENTES CARTES la pena de 5 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más accesorias del artículo 29 del Código Penal. Código: GNPXXBCQEXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Alegatos de apertura. Que al darse por iniciado el juicio, la representante del Ministerio Público expuso que el día de hoy se acreditarán los hechos de la acusación, a través de la prueba testimonial y las fotograf
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día veintitrés de agosto del presente año, ante los jueces don Eduardo Gallardo Frías, doña Isabel Espinoza Morales y don Nelson González Valenzuela, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N° 97-2022, del Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, seguida en contra de MARCELO IVÁN CIFUENTES CARTES, apodado Mou, Cédula de Identidad Nº 16.748.586-3, nacido el 9 de julio de 1987, 34 años, soltero, obrero, con domicilio registrado en Pasaje Topocalma Nº 1031, Renca, representado por el Defensor Penal Público don Jorge Palacios Vallejos, con domicilio y correo electrónico registrados en el Tribunal. Fue parte acusadora en este juicio el Ministerio Público, representado por la Fiscal adjunta doña Patricia Fuentes Montecinos, cuyos datos también se encuentran en el registro del tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público fundó la acusación deducida en contra del imputado antes individualizado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en los siguientes hechos: El día 13 de junio de 2019 alrededor de la 01:00 horas, el acusado Marcelo Iván Cifuentes Cartes junto a Abraham Esteban García Muñoz, previamente concertados, sustrajeron el vehículo tipo furgón, marca Suzuki, modelo Carry, color blanco, año 1995, PPU LF-4265, de propiedad de Pedro Perez Meza, que se encontraba estacionado frente al Nº2089 de Pasaje El Ravanal, comuna de Renca, para lo cual con elementos contundentes quebraron el vidrio de la ventana trasera costado izquierdo, lo que les permitió poder ingresar al vehículo con la finalidad de sustraerlo, de esta forma el acusado Marcelo Cifuentes procede a empujar el furgón mientras que el Abraham García, quien se encontraba en su interior, lo conducía, siendo sorprendidos en ese momento por vecinos del sector quienes dan oportuno aviso a funcionarios policiales, quienes proceden a su detención. Vehículo avaluado en $1.400.000.- A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de Robo de vehículo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso 2° en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, encontrándose el delito en grado de desarrollo consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, por cuanto ha tomado parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa. No invocando circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, solicita se imponga al acusado MARCELO IVÁN CIFUENTES CARTES la pena de 5 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más accesorias del artículo 29 del Código Penal. Código: GNPXXBCQEXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Alegatos de apertura. Que al darse por iniciado el juicio, la representante del Ministerio Público expuso que el día de hoy se acreditarán los hechos
Fallo
por tanto, a descartar la pretensión levantada por su defensa. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. UNDÉCIMO: Peticiones de las partes. Que el Ministerio Público solicita la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, el acusado no tiene circunstancias atenuantes que considerar, cuenta con condenas anteriores. Acompaña el extracto de filiación y antecedentes del acusado, que registra una condena por lesiones menos graves del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, luego registra otra condena del 8° Juzgado de Garantía de la misma ciudad por robo en lugar no habitado, condenado a 41 días con reclusión parcial. Ello da cuenta que no tiene irreprochable conducta anterior. La defensa del sentenciado Cifuentes Cartes solicita valorar positivamente los hechos en atención a la menor extensión del mal causado, se causó daño a solo un bien jurídico. Por marco rígido no puede solicitar el margen inferior a los 3 años y un día, con cumplimiento efectivo. En su réplica, la representante de la Fiscalía sostuvo que hay un mal causado considerable, se trataba de la herramienta de trabajo de la víctima. DUODÉCIMO: Regulación de la pena. Que el acusado Cifuentes Cartes ha resultado responsable de un delito de robo de vehículo motorizado cometido en bienes nacionales de uso público, descrito en el inciso segundo del artículo 443 del Código Penal, el cual se encuentra sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo. Considerando que la determinación de la
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Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día veintitrés de agosto del presente año, ante los jueces don Eduardo Gallardo Frías, doña Isabel Espinoza Morales y don Nelson González Valenzuela, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N° 97-2022, del Segundo Tribunal Oral en lo P
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