MP C/ PAUL FROILÁN WILKE CIFUENTES
Rol
O-9175-2021
Fecha
16 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1.- Que el Ministerio Público promovió acusación en contra de PAUL FROILAN WILKE CIFUENTES, cedula de identidad Nº 11855429- 9, en situación de calle, domiciliado en Hogar de Cristo, calle Pudeto Nº 655, Temuco; a fin de que fuera condenado, luego de la rebaja de pretensión punitiva realizada en audiencia por la Fiscal Claudia Turra, a la pena de cuarenta y un días de prisión, accesorias legales, como autor de un delito de robo en lugar no habitado, frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, perpetrado el día 30 de septiembre de 2021. Para lo anterior, invocó el incio 4º del artículo 407 del Código Penal, junto con la atenuante del artículo 11 Nº 6 del Código Penal. Al tenor de la pena solicitada, se continuó la audiencia bajo las reglas del procedimiento simplificado. 2.- Que el imputado, asistido por la Defensora Penal Pública, Valeria Basilio, admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. 3.- Que la defensa del requerido solicitó tener la pena por cumplida, con cargo al tiempo en que el imputado se encontró sujeto a medida cautelar de arresto domiciliario. Además, solicitó la aplicación del artículo 38 de la Ley 18.216. 4.- Que los antecedentes que fundan el requerimiento, fundamentalmente el parte policial y anexos, sobre los cuales recayó la admisión de responsabilidad del imputado permiten concluir que El día 30 de septiembre de 2021, alrededor de las 16:00 hrs., el acusado Paul XHEXBJLWXB Alfredo Edgardo Cox Castro Juez de garantía Fecha: 29/08/2022 10:23:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m
Fundamentos
considerando 5° de la presente sentencia. III.- Omítase la presente condena del extracto de filiación y antecedentes del condenado, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Cúmplase con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2100883687-3 RIT 9175-2021 Dictada por Alfredo Cox Castro, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Temuco. XHEXBJLWXB Alfredo Edgardo Cox Castro Juez de garantía Fecha: 29/08/2022 10:23:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-08-29T10:28:36-0400 Corte Suprema Alfredo Edgardo Cox Castro Verificación Legal
Fallo
Se declara: I.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena al imputado PAUL FROILAN WILKE XHEXBJLWXB Alfredo Edgardo Cox Castro Juez de garantía Fecha: 29/08/2022 10:23:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl CIFUENTES, ya individualizado, a cumplir la pena cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo en lugar no habitado frustrado, perpetrado el día 30 de septiembre de 2021 en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. II.- Que la pena corporal se tendrá por cumplida, conforme al razonamiento indicando en el considerando 5° de la presente sentencia. III.- Omítase la presente condena del extracto de filiación y antecedentes del condenado, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Cúmplase con lo que dispone el artículo 468 del Código Pr
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Temuco, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: 1.- Que el Ministerio Público promovió acusación en contra de PAUL FROILAN WILKE CIFUENTES, cedula de identidad Nº 11855429- 9, en situación de calle, domiciliado en Hogar de Cristo, calle Pudeto Nº 655, Temuco; a fin de que fuera condenado, luego de la rebaja de pretensión punitiva realizada en audiencia por la Fiscal Claudia Turra, a la
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