LATAM AIRLINES GROUP S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE
Rol
I-126-2021
Fecha
26 de agosto de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que configuran la infracción sancionada fueron constatados por el fiscalizador de este Servicio, en el cumplimiento de sus funciones, los cuales fueron consignados en: Resolución de Multa e Informes de fiscalización y de Exposición, los que gozan de Presunción Legal de Veracidad, que opera para todos los efectos legales, INCLUSO PARA LA PRUEBA JUDICIAL. La fiscalización realizada y consecuencial sanción, nace de la fiscalización respectiva, la que arrojó la infracción por la cual se impuso la multa, ahora reclamada, la cual en ningún caso se funda en error de hecho del fiscalizador. Así las cosas, estima que la multa se encuentra ajustadas a derecho, solicitando al tribunal la mantención de la misma. TERCERO: Que con fecha 23 de agosto de 2021, tuvo lugar la audiencia única. En ella se estableció el siguiente hecho no controvertido: Que la resolución que se viene reclamado es la resolución de multa N°7945/21/2 de 18 de marzo de 2021, por la cantidad de 30 UTM. En seguida, se llamó a los litigantes a conciliación, diligencia que no prosperó. Por lo anterior, y existiendo a juicio del tribunal hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se fijó el siguiente hecho a probar: Efectividad de haberse incurrido en un error de hecho al aplicarse la multa reclamada. Pormenores y circunstancias. CUARTO: Que, en la misma audiencia, para acreditar sus alegaciones la reclamante rindió los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Copia de la Resolución Multa N° 7945/21/2 dictada por el fiscalizador don Alejandro Enrique Troncoso Parra. 2. Pantallazo del Portal de la Dirección del Trabajo donde se puede apreciar la Resolución Multa N° 7945/21/7 y su fecha de notificación. 3. Copia de 3 correos electrónicos en donde consta que al Sr. Huaiquinao se le rechazó la entrega del préstamo en diciembre de 2020 y enero de 2021, pero se le aprobó en febrero de 2020. 4. Copia del pagaré donde consta la entrega del préstamo aludido. 5. Convenio colectivo suscrito por e
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Andres Manuel Labbe Cortes, en representación según se acreditará de Latam Airlines Group S.A, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alcántara N° 200, oficina 1.201, Piso 12°, comuna de Las Condes, Santiago, quien interpone demanda en procedimiento monitorio en contra de la INSPECCION COMUNAL del Trabajo SANTIAGO PONIENTE, representada legalmente por el Jefe Inspección Provincial, doña Marisol Marchant San Martin, ambos domiciliados en Calle Neptuno N° 856, Comuna de Lo Prado, Región Metropolitana. La resolución que se viene reclamando es la multa 7945/21/2 de fecha 18 de marzo de 2021, por un monto de 30 UTM, a fin de que S.S. la deje sin efecto, con costas. La multa cursada es del siguiente tenor: "No dar cumplimiento al contrato colectivo vigente a la fecha, referente a las obligaciones contenidas en la Cláusula Vigésimo Tercero "Prestamos" letra a) de largo plazo, respecto del trabajador: Anselmo Huaiquinao durante el mes de diciembre del año 2020 y enero del año 2021, meses en los cuales se realizó la solicitud del referido beneficio”. Indica que la multa debe dejarse sin efecto por cuanto se ha incurrido en un error de hecho al momento de cursar la referida multa. Expone en resumen que los efectos de la pandemia derivada del Covid 19 han golpeado severamente las operaciones de la compañía, la que estuvo al borde de la quiebra y con serios problemas de liquidez, por lo cual se debieron adoptar unas serie de medidas para afrontar la crisis financiero, tales como: i. Reducción de inversiones del Grupo: Reducción en más de US$900 millones de las inversiones del Grupo de este año, las cuales se seguirán ajustando en la medida de lo posible según el avance de la Pandemia. ii. Renegociación y prorrogas de deudas frente a los acreedores del Grupo: El Grupo ha redoblado también sus esfuerzos en proteger su caja, razón por la cual se han renegociado los contratos con sus acreedores para lograr la mayor flexibilidad posible en las condiciones de pago, postergando los desembolsos para meses posteriores e intentando lograr financiamiento adicional, incluyendo, y principalmente, ayuda de los distintos gobiernos donde el grupo opera, los que, algunos, han tenido acogida. iii. Reducción de costos laborales: Reducción voluntaria y temporal de salarios de 50% para los meses de abril, mayo y junio de 2020, que comprendió a un universo de más de 41.000 trabajadores del Grupo Latam. iv. Planes de retiro voluntario con pago de indemnizaciones y procesos de racionalización necesarios y transversales: Lamentablemente a la fecha el Grupo ha tenido que tomar la dolorosa e indeseable decisión de dejar ir a cerca de 5.000 personas, de los cuales 1.800 han salido de forma voluntaria y más de 3.000 a través de desvinculaciones. El profundo impacto de la crisis en la actividad aérea ha obligado a adaptar al Grupo a esta nueva realidad para asegurar la sostenibilidad de LATAM
Fallo
SE DECLARA: Que SE RECHAZA en todas sus partes la reclamación de autos interpuesta por LATAM AIRLINES GROUP S.A en contra de INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE y en consecuencia se mantiene la multa a que se refiere la Resolución N° 7945/21/2 de fecha 18 de marzo de 2021, sin costas por haberse litigado con motivo plausible. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-126-2021 RUC 21- 4-0329584-9 Dictada por GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Andres Manuel Labbe Cortes, en representación según se acreditará de Latam Airlines Group S.A, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alcántara N° 200, oficina 1.201, Piso 12°, comuna de Las Condes, Santiago, quien inter
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