MP C/ JOSE LEONIDAS GONZALEZ BRITO
Rol
O-1024-2022
Fecha
26 de agosto de 2022
Materia
DAÑOS SIMPLES., VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día primero de junio del año 2022 aproximadamente a las 20:40 horas el imputado JOSE LEONIDAS GONZALEZ BRITO se dirigió hasta el domicilio ubicado en pasaje BALLENARY N°207 . de la comuna de Vallenar, lugar al cual ingresó hasta el frontis sin la autorización de su morador; para luego subir al techo del inmueble provocando daños a la techumbre avaluados en la suma de $200.000.- la víctima propietaria del inmueble doña KARINA ISABEL VEGA MATURANA, siente los ruidos provocados por el imputado en el techo, solicitando el auxilio de Carabineros, quienes llegan al lugar y proceden a la detención del imputado”. SE DECLARA: I. Que el imputado JOSE LEONIDAS GONZALEZ BRITO, ya individualizado, es culpable del cargo formulado por el Ministerio Público y, en consecuencia se condena a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, como autor del delito CONSUMADO de VIOLACIÓN DE MORADA previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal; y a la pena de CUARENTA Y CUATRO DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, como autor del delito CONSUMADO de DAÑOS SIMPLES previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, por los hechos ocurridos en esta jurisdicción con fecha 01 de junio del año 2022. II. Que, las penas privativas de libertad se tienen por CUMPLIDAS por el tiempo que permaneció privado libertad con ocasión de estos hechos desde el día 02 de junio del año 2022 hasta el día de hoy fecha de dictación de la sentencia III. Que, se exime al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. IV. Que, se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva. Decrétese su egreso desde el CDP de Vallenar. V. Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Nº18.216 omítase en el certificado de antecedentes las anotaciones que diera origen la presente sente
Fallo
SE DECLARA: I. Que el imputado JOSE LEONIDAS GONZALEZ BRITO, ya individualizado, es culpable del cargo formulado por el Ministerio Público y, en consecuencia se condena a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, como autor del delito CONSUMADO de VIOLACIÓN DE MORADA previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal; y a la pena de CUARENTA Y CUATRO DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, como autor del delito CONSUMADO de DAÑOS SIMPLES previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, por los hechos ocurridos en esta jurisdicción con fecha 01 de junio del año 2022. II. Que, las penas privativas de libertad se tienen por CUMPLIDAS por el tiempo que permaneció privado libertad con ocasión de estos hechos desde el día 02 de junio del año 2022 hasta el día de hoy fecha de dictación de la sentencia III. Que, se exime al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. IV. Que, se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva. Decrétese su egreso desde el CDP de Vallenar. V. Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Nº18.216 omítase en el certificado de antecedentes las anotaciones que diera origen la presente sentencia Código: VTSEXBKDTNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, veintiséis de agosto de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: DANIEL EDUARDO HERRERA MARÍN RUC: 2200534821-1 RIT: 1024 - 2022 IMPUTADO: JOSE LEONIDAS GONZALEZ BRITO C.I. 0014885991-4 FECHA DE NAC. 05-12-1974 DIRECCION Calle CALLE RAMIREZ N° 731 Nº . COMUNA: Vallenar. DELITO Violacion de
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