Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MP C/ FRANCISCO DAVID GUZMÁN SALDÍAS

Rol

O-155-2022

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 29 de marzo de 2021, alrededor de las 16:30 horas, en Calle Pezoa Veliz con Calle Lautaro, Valparaíso, los acusados FRANCISCO DAVID GUZMÁN SALDÍAS, NEIL STEVEN HENRÍQUEZ CARRASCO y JOSÉ IGNACIO HENRÍQUEZ CARRASCO fueron sorprendidos en el vehículo marca Hyundai, PPU LGFR-72, que se encontraba en el lugar, teniendo, poseyendo y guardando en el interior de éste, 05 bolsas de nylon contendoras de 01 kilo 405 gramos netos de cannabis sativa, sin tener autorización alguna para ello, estando destinada la droga a ser suministrada a terceras personas. Además, el acusado JOSÉ IGNACIO HENRÍQUEZ CARRASCO mantenía en su poder la suma de $53.000 pesos en Código: YYDKXBXZTNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de 22 dinero en efectivo, el acusado NEIL STEVEN HENRÍQUEZ CARRASCO la suma de $103.000 pesos en dinero en efectivo y el acusado FRANCISCO DAVID GUZMÁN SALDÍAS la suma de $64.000 también en dinero en efectivo.” En concepto del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en los artículos 1º y 3º de la Ley 20.000, en grado consumado. Atribuye a los encartados participación en calidad de autores, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, concurriendo a favor de ambos la atenuante prevista en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal. Por lo anterior, solicita se imponga la pena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 100 UTM, accesorias legales, comiso de las especies incautadas y costas de la causa. TERCERO: Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura, expresó que con la prueba se procurará acreditar los hechos de la acusación, los encartados mantenían en un auto más de un kilo de cannabis sativa, que no era para su consumo exclusivo, personal y próximo en el tiempo, además de dinero en

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veintidós de agosto del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por la Juez Presidente de Sala doña Ángela Carrasco Palma y por los Jueces doña Jany Silva Dawson y doña Paula Ramos Vergara, se llevó a efecto a través de modalidad remota utilizando la aplicación zoom, la audiencia de juicio oral en causa RUC N° 2100300172-2, RIT N° 155-2022, seguido en contra de JOSÉ IGNACIO HENRÍQUEZ CARRASCO, cédula nacional de identidad Nº 20.476.286- 4, 22 años, nacido en Valparaíso el 26 de febrero del año 2000, soltero, desempleado, segundo medio rendido, domiciliado en Calle San Vicente de Paul N° 33, Cerro Alegre, Valparaíso; y de FRANCISCO DAVID GUZMÁN SALDÍAS, cédula nacional de identidad Nº 17.533.669-9, 32 años, nacido en Santiago el 9 de junio de 1990, soltero, electricista, estudios técnicos incompletos, domiciliado en Calle José Miguel Carrera 266, casa B, Cerro Esperanza, Valparaíso. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad, representado por su fiscal Paulina Madariaga Cifuentes; la defensa del acusado Henríquez fue asumida por la defensora privada Genesis Órdenes Serrano (defensa 1) y la defensa del acusado Guzmán fue asumida por la abogado de la Defensoría Penal Pública Iskra Núñez Arenas (defensa 2), todos con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 29 de marzo de 2021, alrededor de las 16:30 horas, en Calle Pezoa Veliz con Calle Lautaro, Valparaíso, los acusados FRANCISCO DAVID GUZMÁN SALDÍAS, NEIL STEVEN HENRÍQUEZ CARRASCO y JOSÉ IGNACIO HENRÍQUEZ CARRASCO fueron sorprendidos en el vehículo marca Hyundai, PPU LGFR-72, que se encontraba en el lugar, teniendo, poseyendo y guardando en el interior de éste, 05 bolsas de nylon contendoras de 01 kilo 405 gramos netos de cannabis sativa, sin tener autorización alguna para ello, estando destinada la droga a ser suministrada a terceras personas. Además, el acusado JOSÉ IGNACIO HENRÍQUEZ CARRASCO mantenía en su poder la suma de $53.000 pesos en Código: YYDKXBXZTNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de 22 dinero en efectivo, el acusado NEIL STEVEN HENRÍQUEZ CARRASCO la suma de $103.000 pesos en dinero en efectivo y el acusado FRANCISCO DAVID GUZMÁN SALDÍAS la suma de $64.000 también en dinero en efectivo.” En concepto del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en los artículos 1º y 3º de la Ley 20.000, en grado consumado. Atribuye a los encartados participación en calidad de autores, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, concurriendo a favor de ambos la atenuante prevista en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal. Por lo anterior, solicita se imponga la pena de 6 años de presidio

Fallo

se acuerda. Era como un kilo y tanto. Sabía lo que su hermano llevaba. Su hermano no está en la audiencia porque lo mataron. A la defensa del acusado Guzmán señala que estaba sentado atrás, no recuerda en que parte. Su hermano iba de copiloto. Se habían subido al auto como 15 minutos antes. Se estacionaron ahí a hacer otra cosa. Al llegar Carabineros, Francisco se estaba fumando un cigarro, sin mascarilla. Antes Francisco le había hecho carreras a su hermano para “transportar las cosas que hacía su hermano”. Él (el testigo) sabía y se fue en el auto porque iba a otra parte, y justo hicieron el procedimiento, aprovechó de bajar con ellos. Al hacerse el procedimiento, habían dos carabineros de civil y otros más allá. La droga la llevaba en los pies su hermano, lado copiloto. Primero los bajaron, luego revisan el auto y encuentran la droga adelante. Los revisaron y no les encontraron más droga, los teléfonos no se los devolvieron. Código: YYDKXBXZTNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 5 de 22 A su defensa señala que su hermano estaba de copiloto y él atrás sentado. Al tribunal aclara que Francisco le hacía las carreras de las cosas que transportaba su hermano, la marihuana que llevaba. Era el chofer de su hermano. Francisco Guzmán Saldías indicó que ese día 29 de marzo venía de Viña al puerto, recibió una llamada de Neil pidiéndole un viaje a Barón, llegó a recogerlo a una población del cerro Alegr

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Página 1 de 22 DELITO: Tráfico ilícito de drogas (art. 3º Ley 20.000) RUC N°: 2100300172-2 RIT N°: 155-2022 ACUSADOS: FRANCISCO DAVID GUZMÁN SALDÍAS y JOSÉ IGNACIO HENRÍQUEZ CARRASCO. FISCAL: Paulina Madariaga Cifuentes. DEFENSORES: Iskra Núñez Arenas (por Francisco Guzmán) y Genesis Órdenes Serrano (por José Henríquez) Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDER

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