Juzgado de Garantía de Cauquenes.

JONATHAN JOSE PALMA MUÑOZ C/ JAIME ANTONIO VELOSO OLIVOS

Rol

O-474-2022

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 23 de enero del año 2022, a las 05:30 horas, aproximadamente, en las parécelas del Sector San Luis de Pocillas de la comuna de cauquenes, Don JAIME ANTONIO VELOSO OLIVOS, amenaza a la víctima doña Estela Mónica Leal González, arrojándole un vaso y luego diciéndole, “te voy a matar maraca culia”, infundiendo temor por si integridad física y psíquica. Posteriormente don JAIME VELOSO OLIVOS, en la vía pública, específicamente en la Ruta 734 Kilómetro 1 de la comuna de cauquenes, es sorprendido conduciendo ebrio el vehículo Kia Frontier, color blanco, año 2009, motivo por el cual es sometido al examen de alcoholemia, el que arroja una cifra de 1,23 gramos por mil de alcohol en la sangre. A continuación se transcribe la parte resolutiva del fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 474 - 2022 RUC : 2200075545-5 IMPUTADO : JAIME ANTONIO VELOSO OLIVOS PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Y visto además, lo dispuesto en los artículos N° 1, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 70, 296 N°3 del Código Penal; artículo 110 y 196 de la ley de Tránsito; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 11 y siguientes de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a JAIME ANTONIO VELOSO OLIVOS, Cédula Nacional de Identidad N°18.202.399-K, domiciliado en Calle CALLE UNO Nº 31, Cauquenes., ya individualizado, a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa de DOS Unidades Tributarias Mensuales y a la suspensión de su licencia para conducir por el período de cinco años, como autor del delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD y a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de AMENAZ

Fallo

fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 474 - 2022 RUC : 2200075545-5 IMPUTADO : JAIME ANTONIO VELOSO OLIVOS PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. Y visto además, lo dispuesto en los artículos N° 1, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 70, 296 N°3 del Código Penal; artículo 110 y 196 de la ley de Tránsito; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 11 y siguientes de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a JAIME ANTONIO VELOSO OLIVOS, Cédula Nacional de Identidad N°18.202.399-K, domiciliado en Calle CALLE UNO Nº 31, Cauquenes., ya individualizado, a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa de DOS Unidades Tributarias Mensuales y a la suspensión de su licencia para conducir por el período de cinco años, como autor del delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD y a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de AMENAZAS SIMPLES, ambos hechos perpetrados en esta jurisdicción el pasado 23 de enero del año 2022. II. Que, respecto a la pena corporal se sustituye esta por una pena única de Prestación de servicio en Beneficio de la Comunidad, consistente en, por reunirse los requ

Texto Completo (Preview)

CIRCUNTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: ATENUANTES: NO. AGRAVANTES: NO. LOS HECHOS: El día 23 de enero del año 2022, a las 05:30 horas, aproximadamente, en las parécelas del Sector San Luis de Pocillas de la comuna de cauquenes, Don JAIME ANTONIO VELOSO OLIVOS, amenaza a la víctima doña Estela Mónica Leal González, arrojándole un vaso y luego diciéndole, “te voy a matar maraca culi

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