Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares.

M.P. C/ LUIS DANIEL OLAVE NORAMBUENA

Rol

O-71-2022

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación, según auto de apertura de fecha 17 de mayo de 2022, son los siguientes: El día 31 de mayo de 2021, alrededor de las 02:00 horas de la madrugada, personal de Carabineros de la Tenencia de Colbún efectuaba un patrullaje preventivo por la ruta L-11 en dirección al Norte, donde al llegar a la intersección del cruce camino Las Brujas sector Maule Sur de la comuna de Colbún, se percatan de la presencia marca “Nissan”, modelo “V-16”, el cual contaba con tres ocupantes en su interior, los cuales al percatarse de la presencia policial se dan a la fuga por el camino denominado Las Brujas en dirección al Oriente, específicamente a un sector rural, logrando darle alcance y proceder a Código: HXXNXBXCXLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su fiscalización, donde uno de los ocupantes logra bajarse del vehículo y huir en dirección a los predios existentes en el lugar, perdiéndolo de vista, y al proceder a la fiscalización del conductor correspondiente al imputado Luis Daniel Olave Norambuena, a quien se le solicita descender del vehículo al poner las manos sobre el techo del vehículo, se percatan que mantenía en el cuerpo, oculta en el cinto de su pantalón costado derecho, un revólver cromado con su empuñadura de material de plástico color negro con tres balas marca “CDC” calibre . 32 mm. y al fiscalizar y registrar superficialmente al imputado Pablo Andrés Sánchez Molina, se encontró en sus vestimentas, en el bolsillo delantero de su chaqueta, un cargador metálico con 06 municiones calibre 22 mm. en su interior, armas y municiones que los imputados no justificaron su legítima tenencia y porte. En concepto de la Fiscalía estos hechos son constitutivos del delito consumado de porte de arma de fuego sin contar con autorización, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso 1° de la ley 17.798, en relación con el artículo 2° letra b) de la misma norma legal, asignando al acusado participación

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: El día 18 de agosto de 2022 se constituyó la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, integrada por los Magistrados Christian Leyton Serrano, quien presidió, Claudia Mora Cuadra y Gabriel Felipe Ortiz Salgado, para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto de Linares don Alexie Crisóstomo Muñoz, en contra de LUIS DANIEL OLAVE NORAMBUENA, Rut 17.040.431-9, nació en Talca, el día 21 de octubre de 1988, 33 años de edad, soltero, trabajador en aluminios, básica completa, domiciliado en calle 31 Oriente con 6 Sur N° 3268 Talca, actualmente en prisión preventiva en el C.C.P. de Curicó en causa diversa, representado por el defensor penal público Carlos Oyarzún Selaive. SEGUNDO: Que los hechos de la acusación, según auto de apertura de fecha 17 de mayo de 2022, son los siguientes: El día 31 de mayo de 2021, alrededor de las 02:00 horas de la madrugada, personal de Carabineros de la Tenencia de Colbún efectuaba un patrullaje preventivo por la ruta L-11 en dirección al Norte, donde al llegar a la intersección del cruce camino Las Brujas sector Maule Sur de la comuna de Colbún, se percatan de la presencia marca “Nissan”, modelo “V-16”, el cual contaba con tres ocupantes en su interior, los cuales al percatarse de la presencia policial se dan a la fuga por el camino denominado Las Brujas en dirección al Oriente, específicamente a un sector rural, logrando darle alcance y proceder a Código: HXXNXBXCXLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su fiscalización, donde uno de los ocupantes logra bajarse del vehículo y huir en dirección a los predios existentes en el lugar, perdiéndolo de vista, y al proceder a la fiscalización del conductor correspondiente al imputado Luis Daniel Olave Norambuena, a quien se le solicita descender del vehículo al poner las manos sobre el techo del vehículo, se percatan que mantenía en el cuerpo, oculta en el cinto de su pantalón costado derecho, un revólver cromado con su empuñadura de material de plástico color negro con tres balas marca “CDC” calibre . 32 mm. y al fiscalizar y registrar superficialmente al imputado Pablo Andrés Sánchez Molina, se encontró en sus vestimentas, en el bolsillo delantero de su chaqueta, un cargador metálico con 06 municiones calibre 22 mm. en su interior, armas y municiones que los imputados no justificaron su legítima tenencia y porte. En concepto de la Fiscalía estos hechos son constitutivos del delito consumado de porte de arma de fuego sin contar con autorización, previsto y sancionado en el artículo 9 inciso 1° de la ley 17.798, en relación con el artículo 2° letra b) de la misma norma legal, asignando al acusado participación en él en calidad de autor de acuerdo a lo previsto en el artículo 7° y 15 N° 1 del Código Penal. Por otra parte, el ente persecutor señaló que en este caso no concurren circunstancias modificatorias de responsab

Fallo

fallo causa rol 90.913-2021, de fecha 8 de julio de 2022, sostiene en lo pertinente: “…Décimo: Que en la especie, la defensa del encartado ha cuestionado el actuar de los funcionarios policiales, toda vez que estima que al practicarse un control de identidad a su representado sin que existiera indicio para ello —en tanto el no detener el vehículo, en concepto de la defensa, no habilitaba para un control—, procedieron de manera autónoma en un caso no previsto por la ley, lo que implica que todas las pruebas derivadas de tales diligencias son ilícitas, y por ende, debieron ser valoradas negativamente por los juzgadores de la instancia. Undécimo: Que, en lo que interesa al recurso de nulidad en análisis, en primer lugar, cabe señalar que, conforme expusiera el funcionario policial que participó del procedimiento llevado a cabo el día 15 de enero de 2021, a las 05:40 horas, mientras se realizaba un control vehicular en la Ruta 5 Norte, en dirección al sur, a la altura del kilómetro 156, el acusado no detuvo la marcha del vehículo en el que se desplazaba, pese al requerimiento policial. Ante tal evasión, funcionarios policiales logran darle alcance a la altura del kilómetro 150, siendo fiscalizado, exhibiendo la documentación respectiva, oportunidad en la cual fue percibido el olor a marihuana desde el interior del móvil. De lo anteriormente expuesto se colige que es perfectamente legítimo que, al constatar el aprehensor que el acusado no detuvo la marcha del vehículo —estando obl

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PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : LUIS DANIEL OLAVE NORAMBUENA. DELITO : PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO. R. U. C. : N° 2100518434-4 R. I. T. : N° 71-2022 Linares, a veintiséis de agosto de dos mil veintidós VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: El día 18 de agosto de 2022 se constituyó la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, integrada por

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