HUENCHUL/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
Rol
C-905-2020
Fecha
10 de marzo de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don José Miguel Huenchul Antiqueo, obrero de la construcción, con domicilio en Pasaje Hidumea N°3096, Villa Los Naranjos, comuna de Maipú, deduce demanda de prescripción extintiva de la obligación de pagar derechos de aseo domiciliario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada por su alcalde doña Catherine Barriga Guerra, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril N°260, comuna de Maipú. Funda su demanda en que es residente y dueño del inmueble ubicado en Pasaje Hidumea N°3096, Villa Los Naranjos, comuna de Maipú y que respecto de esa propiedad, existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago desde el 30 de junio de 2005 al 30 de noviembre 2019, según constaría en documento denominado “Informe Deuda Derechos de Aseo”. Sostiene que en dicho documento, consta que existe un período de derechos de aseo pendientes de pago que abarca desde el 30 de junio de 2005 hasta el 30 de noviembre de 2013 respecto del cual ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas Foja: 1 Concluye en mérito de lo expuesto y disposiciones legales que cita, se tenga por interpuesta demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, someterla a tramitación, acogerla en todas sus partes y declarar, en definitiva que las acciones derivadas por los períodos del 30 de junio de 2005 hasta el 30 de noviembre de 2013, ambos inclusive, se encuentra prescritas. Que en la audiencia de estilo, la parte demandada contesta la demanda allanándose íntegramente a ella. En la misma audiencia se procedió a citar a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que don José Miguel Huenchul Antiqueo, obrero de la construcción, con domicilio en Pasaje Hidumea N°3096, Villa Los Naranjos, comuna de Maipú, deduce demanda de prescripción extintiva de la obligación de pagar derechos de aseo domiciliario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada por su alcalde doña Catherine Barriga Guerra, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril N°260, comuna de Maipú, conforme a los fundamentos de hecho y derecho antes reseñados, solicitando en definitiva se tenga por interpuesta demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, someterla a tramitación, acogerla en todas sus partes y declarar, que las acciones derivadas por los períodos del 30 de junio de 2005 hasta el 30 de noviembre de 2013, ambos inclusive, se encuentra prescritas. 2°.- Que, la demandada contesta la demanda, allanándose a ella por el período demandado. 3°.- Que, a objeto de acreditar sus pretensiones la actora acompañó, certificado de informe de deuda por derechos de aseo domiciliario, sin objetar por la contraria en que aparece deuda por dicho concepto correspondiente al período demandado. Foja: 1 4°.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2514 del Código Civil “La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible”. A su turno, el inciso primero del artículo 2515 del mismo cuerpo legal dispone: “Este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias. La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de tres años, y convertida en ordinaria durará solamente otros dos” 5°.- Que, con el mérito del allanamiento aludido en la motivación segunda de esta sentencia y de los antecedentes sometidos al conocimiento de este Tribunal, aparece que las acciones civiles emanadas de la obligación de pago de derechos de aseos domiciliarios de la propiedad ubicada en Pasaje Hidumea N°3096, Villa Los Naranjos, comuna de Maipú, correspondiente al período que comprende del 30 de junio de 2005 hasta el 30 de noviembre de 2013, ambos inclusive, se encuentran extinguidas por la prescripción. 6°.- Que en consecuencia esta sentenciadora no cabe más que acoger la demanda en los términos que se señalará. 7°.- Que los demás antecedentes allegados y no pormenorizados en nada alteran lo concluido precedentemente.
Fallo
en mérito de lo expuesto y disposiciones legales que cita, se tenga por interpuesta demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, someterla a tramitación, acogerla en todas sus partes y declarar, en definitiva que las acciones derivadas por los períodos del 30 de junio de 2005 hasta el 30 de noviembre de 2013, ambos inclusive, se encuentra prescritas. Que en la audiencia de estilo, la parte demandada contesta la demanda allanándose íntegramente a ella. En la misma audiencia se procedió a citar a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: 1°.- Que don José Miguel Huenchul Antiqueo, obrero de la construcción, con domicilio en Pasaje Hidumea N°3096, Villa Los Naranjos, comuna de Maipú, deduce demanda de prescripción extintiva de la obligación de pagar derechos de aseo domiciliario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada por su alcalde doña Catherine Barriga Guerra, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril N°260, comuna de Maipú, conforme a los fundamentos de hecho y derecho antes reseñados, solicitando en definitiva se tenga por interpuesta demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, someterla a tramitación, acogerla en todas sus partes y declarar, que las acciones derivadas por los períodos del 30 de junio de 2005 hasta el 30 de noviembre de 2013, ambos inclusive, se encuentra prescritas. 2°.- Que, la demandada contesta la demanda, allanándose a ella por el período demandado.
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Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-905-2020 CARATULADO : HUENCHUL/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, diez de Marzo de dos mil veinte VISTOS: Comparece don José Miguel Huenchul Antiqueo, obrero de la construcción, con domicilio en Pasaje Hidumea N°3096, Villa Los Naranjos, comuna de Maipú, deduce demanda de prescripción e
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