CARL SCHRÖTER GMBH & CO. KG/ MEDITERRANEAN SHIPPING
Rol
C-33823-2019
Fecha
10 de marzo de 2020
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que a lo Principal de su libelo, solicita el actor designación de Juez Arbitro para resolver la contienda suscitada entre las partes. 2°) Que el inciso 2° del artículo 232 del Código Orgánico de Tribunales señala: “En los casos en que no hubiere avenimiento entre las partes respecto de la persona en quien haya de recaer el encargo, el nombramiento se hará por la justicia ordinaria, debiendo en tal caso recaer dicho nombramiento en un solo individuo y diverso de los dos primeros indicados por cada parte; se procederá, en lo demás, en la forma establecida en el Código de Procedimiento Civil para el nombramiento de peritos.”. En el mismo sentido e iguales términos el artículo 414 del Código de Procedimiento Civil se refiere sobre la designación de peritos. 3°) Que el Tribunal debe restringir su actuar al marco de su competencia, y habiéndose circunscrito la decisoria litis, justamente a la designación del juez árbitro, como ocurre en el caso sub-lite, así se procederá, por no haber acuerdo para su designación. Y visto además, lo dispuesto en los artículos citados, y lo prevenido en los artículos 225, 226, 231 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales; artículos 1323 y siguientes del Código Civil; artículos 171, 414 y siguientes y 628 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que designa Árbitro de Derecho a don DIEGO MUNITA LUCO, domiciliado en calle Miraflores 130, piso 16, comuna de Santiago. Fonos. 224202999, correo electrónico dmunita@munitaluco.cl .- Notifíquesele para su aceptación y juramento, una vez se encuentren notificadas las partes del presente juicio.- mailto:dmunita@munitaluco.cl C-33823-2019 DICTADA POR DON MATIAS ANDRES FRANULIC GOMEZ, JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fallo
se resuelve: Que designa Árbitro de Derecho a don DIEGO MUNITA LUCO, domiciliado en calle Miraflores 130, piso 16, comuna de Santiago. Fonos. 224202999, correo electrónico dmunita@munitaluco.cl .- Notifíquesele para su aceptación y juramento, una vez se encuentren notificadas las partes del presente juicio.- mailto:dmunita@munitaluco.cl C-33823-2019 DICTADA POR DON MATIAS ANDRES FRANULIC GOMEZ, JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-10T13:44:55-0300
Texto Completo (Preview)
C-33823-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33823-2019 CARATULADO : CARL SCHR TER GMBH & CO. KG/Ö MEDITERRANEAN SHIPPING Santiago, diez de Marzo de dos mil veinte Vistos y teniendo presente: 1°) Que a lo Principal de su libelo, solicita el actor designación de Juez Arbitro para resolver la contienda suscitada entre las partes. 2°) Que el inci
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