Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA POZO ALMONTE C/ SERGIO SAIRE POZO

Rol

O-407-2022

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: Los días dieciocho, diecinueve y veintidós de agosto en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Sr. Felipe Ortiz de Zárate Fernández, en calidad de Presidente de Sala, Sra. Nancy Alvarado González (S) y Sr. Rodrigo Vega Azócar, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos rol interno Nº 407-2022, seguidos por el Ministerio Público, representado por el Fiscal (S) Sr. Javier Gutiérrez Figueroa, en contra de SERGIO SAIRE POZO, boliviano, cédula de identidad chilena para extranjeros N° 24.200.637-2, nacido el 7 de octubre de 1978, 42 años de edad, casado, chofer, domiciliado en calle Marcela Paz N° 3007, Autoconstrucción, Alto Hospicio; de HÉCTOR ORLANDO GUZMÁN ECHEVERRÍA, boliviano, cédula de identidad chilena para extranjeros N° 14.881.969-6, nacido en Potosí, el 13 de enero de 1973, 49 años de edad, casado, comerciante, sin domicilio en Chile; y de JAIME JUAN MENESES DORADO, boliviano, cédula de identidad chilena para extranjeros N° 14.881.971-8, nacido en Cochabamba, el 8 de mayo de 1985, 37 años de edad, soltero, médico cirujano, sin domicilio en Chile; representados los dos primeros, por los Defensores Privados Sra. Claudia González Rocha y Sr. Daniel Huerta González; y el último, por el Defensor Privado Sr. Fernando Lagunas Areyuna. SEGUNDO: Los hechos materia de la acusación, según el auto de apertura del juicio, son los siguientes: “El día 12 de agosto de 2021, siendo las 05:10 horas aproximadamente, y en circunstancias que personal policial perteneciente a la Subcomisaria de Carabineros de Colchane realizaba labores en la frontera con Bolivia, específicamente en el sector de cerrito prieto en la comuna de Colchane, procedió a la fiscalización de 3 personas que ingresaban a Chile por el paso no habilitado ubicado en el lugar, quienes resultaron ser los acusados Hector Orlando Guzmán Echeverría, Jaime Juan Meneses Dorado y

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 26, 28, 29, 31, 49, 50, 68, 70, del Código Penal; artículos 1, 45, 295, 296, 297, 325, 329, 340, 341 y 348 del Código Procesal Penal; 593 del Código Orgánico de Tribunales; artículos 1, 3 y 45 de la ley 20.000; artículos 34 y 38 de la ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a HÉCTOR ORLANDO GUZMÁN ECHEVERRÍA, SERGIO SAIRE POZO y a JAIME JUAN MENESES DORADO, ya individualizados, a sufrir cada uno de ellos la pena de SEIS AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, multa a beneficio fiscal ascendente a TRES unidades tributarias mensuales, en calidad de AUTORES de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto en el artículo 3 y sancionado en el artículo 1 de la ley 20.000 sorprendido en esta jurisdicción el 12 de agosto del año 2021, eximiéndoles del pago de las costas de la causa. II.- Si los sentenciados no tuvieren bienes suficientes para satisfacer la sanción pecuniaria impuesta, no se aplicará apremio alguno al tenor de lo dispuesto en el artículo 49 inciso final del Código Penal. III.- De acuerdo con lo razonado en el basamento décimo tercero, los encausados cumplirán efectivamente la pena a cada uno impuesta, sirviéndoles de abono todo el tiempo que han permanecido privados de li

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1 DELITO : TRÁFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES C / SERGIO SAIRE POZO, HÉCTOR GUZMÁN ECHEVERRÍA, JAIME MENESES DORADO RUC N° 2100731972-7 ROL INTERNO : Nº 407-2022 Iquique, veintiséis de agosto de dos mil veintidós. VISTO Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: Los días dieciocho, diecinueve y veintidós de agosto en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique

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