ANONIMIZADO
Rol
C-416-2022
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO MODIFICACION
Resultado
No especificado
Fallo
se resuelve: Que, no habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en resolución de fecha veinte de diciembre del año en curso, a folio 40, el Tribunal resuelve: Hágase efectivo el apercibimiento contenido en aquella, archívense estos antecedentes por no ser posible continuar con su tramitación, por cuanto no es posible emplazar a la demandada; utilícese la nomenclatura “Dictación de sentencia” sólo para efectos de control interno del Tribunal. Notifíquese por correo electrónico. Rit C-416-2022 Proveyó el (la) Juez (a) del Tribunal de Familia de Coyhaique, quien se individualiza en la firma...
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. Atendido el mérito de los antecedentes, se resuelve: Que, no habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en resolución de fecha veinte de diciembre del año en curso, a folio 40, el Tribunal resuelve: Hágase efectivo el apercibimiento contenido en aquella, archívense estos antecedentes por no ser posible continuar con su tramitación, por cuant
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