7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PÚBLICO C/ CRISTOPHER DANNY SEGURA CHACÓN

Rol

O-99-2022

Fecha

26 de agosto de 2022

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos y circunstancias que se tienen por probados y calificación jurídica. 1°.- Como queda de manifiesto del

Fundamentos

considerando anterior y las alegaciones de las partes, no hubo controversia alguna. Ni siquiera respecto a la configuración de la atenuante en favor del acusado, como tampoco de la calificación solicitada por la defensa, que la fiscal entregó a la decisión del tribunal. Tampoco hubo debate acerca de la inexistencia en beneficio del condenado de la atenuante del 11 N° 6. 2°.- Del análisis y apreciación de la prueba, se pudo tener por acreditado, que, el 8 de octubre de 2020, en horas de la tarde, el acusado conducía, a sabiendas, la motocicleta PPU GXT-60, cuyo último dígito estaba alterado con cinta aislante, transformando el número cero en un ocho, siendo detenido por carabineros que lo sorprendieron en su conducta. Al efecto, hemos tenido en consideración los dichos coherentes y concordantes de los testigos -Sr. Tapia y Sr. González- carabineros que manifestaron haberse encontrado de servicio en un sector de la comuna de La Florida, la tarde Código: PXXGXBMZPMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 del 8 de octubre de 2020, en patrullaje preventivo, y efectuando un control selectivo fiscalizaron al conductor de la motocicleta, el acusado individualizado según su CI (que portaba) como CRISTOPHER DANNY SEGURA CHACON, quien lo hacía sin licencia y con la patente alterada. En lo concerniente a la conducción sin licencia, cooperó también la documental de cargo, a través de la hoja de vida de conductor del acusado, que leída debidamente en juicio dio cuenta de la inexistencia de registro a nombre del acusado. Cuestión que no tiene nada que ver con lo esencial de acreditar para efectos de condena, indicando los carabineros que sobre esta circunstancia cursaron el parte correspondiente presentado en el juzgado de policía local, pero sirve como dato ilustrativo que no desmerece los testimonios. Respecto a la alteración de la patente; coincidieron en lo sustancial y pertinente, ambos testigos, que el último dígito de la misma, tenía sobrepuesta una cinta aislante que transformaba el número 0 original en 8. Indicó en este orden, el testigo Tapia, que revisaba la documentación y consultaba la patente, en los momentos que el carabinero Sr. González se percató de la cinta aislante adosada al último dígito, lo que también observó. Dichos que confirma el carabinero González; y, el testigo Tapia grafica, de las fotografías exhibidas e incorporadas a su declaración, acompañadas como otros medios de prueba, que muestran imágenes de la motocicleta y la patente con la cinta adosada y sin ella; percibiendo el tribunal claramente el cambio de 0 a 8 en razón de la cinta sobrepuesta. En seguida; respecto al obrar a sabiendas; sin duda la declaración del acusado es sustancial, permitiendo sostener el dolo del autor exigido directamente en la norma. Si bien puede estimarse como indicio de un obrar vulneratorio de la ley, el hecho que manejara sin licencia, de no contar con su testimonio sobre la alteración

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°6 y N°9, 14, 15, 18, 20, 21, 22, 24, 25, 30, 31, 32, 39, 40, 47, 49, 50, 60, 68, 68 bis, 69, 70, 76, 77, 78, 79, título XVII, artículo 192 letra e) y siguientes de la ley 18.290; artículos 45, 47, 259, 281, y siguientes del Código Procesal Penal, y ley 18.216; Se resolvió: I.- Condenar a CRISTOPHER DANNY SEGURA CHACON, debidamente individualizado en juicio y al inicio del fallo, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor de la infracción contemplada en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290; la que deberá empezar a cumplir una vez que la sentencia se encuentre firme o ejecutoriada; abonándose 1 día que permaneció privado de libertad por esta causa; sustituida por la reclusión parcial nocturna domiciliaria, utilizando como mecanismo de control el sistema de monitoreo telemático. II.- Condenar a CRISTOPHER DANNY SEGURA CHACON a la inhabilidad para obtener licencia de conducir por el mismo tiempo de duración de la pena. III.- Condenar a CRISTOPHER DANNY SEGURA CHACON al pago de la multa de 1UTM. IV.- Condenarlo además, a la pena legal accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Penal. V.- Sin costas. Código: PXXGXBMZPMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8 - Devuélvanse los documentos y otros medios de prueba

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1 Sentencia Condenatoria. Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago. Ministerio Público c/ CRISTOPHER DANNY SEGURA CHACON. Delito: Conducir con placa patente alterada -192 e) Ley 18.290. RIT: 99-2022. RUC: 2001030650-8. Santiago veintiséis de agosto de dos mil veintidós. PRIMERO. Partes y tribunal. El 22 de agosto de 2022 se constituyó el tribunal, por video conferencia, en sala integrada po

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