CHRISTOPHER DAVID INOSTROZA YEVENES C/ BORIS ALEJANDRO ROJAS GARCÍA
Rol
O-5473-2019
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 24, 25, 30, 70, 456 Bis A del Código Penal, artículos 47, 297, 340, 341, 342, 406 y 468 del Código Procesal Penal, y lo dispuesto en la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a don BORIS ALEJANDRO ROJAS GARCÍA, cédula de identidad 16.981.448-1 ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor del delito de Receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 456 B A del Código Penal, grado de desarrollo consumado, cometido dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 19 de septiembre de 2019. II.- Que no renunciándose los requisitos de la ley 18.216, el cumplimiento de la pena privativa de libertad será en forma efectiva, no existiendo abonos que considerar. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, en razón que por su disposición se evitó un juicio oral y los costos materiales, humanos y económicos que ello implica. IV.- Que, respecto de la pena de multa, esta tendrá que ser pagada en una sola parcialidad, dentro de los últimos cinco (5) días del mes siguiente en que se encuentre firme y ejecutoriada la sentencia. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC 2000981106-1 RIT 5473-2019 Sentencia dictada por CARLOS ARTURO POBLETE GONZALEZ Juez del Juzgado de Garantía de Los Ángeles. Código: TPCSXBRXRWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: TPCSXBRXRWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-25T16:05:20-0400
Fallo
se declara: I.- Que se condena a don BORIS ALEJANDRO ROJAS GARCÍA, cédula de identidad 16.981.448-1 ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor del delito de Receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 456 B A del Código Penal, grado de desarrollo consumado, cometido dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 19 de septiembre de 2019. II.- Que no renunciándose los requisitos de la ley 18.216, el cumplimiento de la pena privativa de libertad será en forma efectiva, no existiendo abonos que considerar. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, en razón que por su disposición se evitó un juicio oral y los costos materiales, humanos y económicos que ello implica. IV.- Que, respecto de la pena de multa, esta tendrá que ser pagada en una sola parcialidad, dentro de los últimos cinco (5) días del mes siguiente en que se encuentre firme y ejecutoriada la sentencia. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC 2000981106-1 RIT 5473-2019 Sentencia dictada por CARLOS ARTURO POBLETE GONZALEZ Juez del Juzgado de Garantía de Los Ángeles. Código: TPCSXBRXRWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Los Angeles., veinticinco de agosto de dos mil veintidós Magistrado CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ Fiscal CARLOS DÍAZ ANDRADE Defensor GRACE ANDREA MÉNDEZ MONTES Hora inicio 11:20AM Hora termino 11:58AM Sala Sala 2 (audiencia por video conferencia) Tribunal Juzgado de Garantía de Los Angeles. Acta nem RUC 1901009587-8 RIT 5473 – 2
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