REYES/
Rol
V-143-2019
Fecha
10 de marzo de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 06 de septiembre de 2019, a las 16:52:43 horas, comparece don Daniel Eleazar Reyes Figueroa, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula de identidad 14.293.491-4, domiciliado en Avenida José Rabat 10670, Los Alerces 11, Colina, Santiago; quien se presenta en este tribunal solicitando concesión minera de exploración de sustancias concesibles, ubicados en la Comuna de Chillán, Provincia de Diguillín, Región de Ñuble, la que se denominará “PIRCAS”. Señala que el Punto Medio (P.M.), está ubicado en la Comuna de Chillán, Provincia de Diguillín, Región de Ñuble y tiene las siguientes coordenadas U.T.M., referidas al Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, zona 18: NORTE: 5.950.900,00 metros. ESTE: 766.100,00 metros. Indica que la superficie de la concesión de exploración solicitada es de 200 hectáreas, encerradas en un rectángulo de 1.000 metros orientados en el sentido Norte-Sur U.T.M., por 2.000 metros orientados en el sentido Este-Oeste U.T.M. SEGUNDO: Que, como consta en autos, el peticionario ha pagado la tasa de pedimento con fecha 04 de octubre de 2019 y la patente proporcional de concesión de exploración con fechas 9 de diciembre de 2019. TERCERO: Que, dicho pedimento, fue inscrito a fojas 342, Nº 158, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Chillán, con fecha 30 de septiembre de 2019. CUARTO: Que, el pedimento antes señalado fue publicado en el Diario Oficial, Boletín Oficial de Minería, con fecha 7 de octubre de 2019, Ejemplar N° 42.471. QUINTO: Que, mediante Oficio Nº 316, de fecha 27 de febrero de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, Regional Zona Sur, emitió el informe correspondiente, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes; que la forma, dimensiones y orientación de la cara su
Fallo
se resuelve: Se aprueba el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada “PIRCAS”, ya individualizada, a nombre de Daniel Eleazar Reyes Figueroa, de 200 hectáreas de superficie, siendo las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son los siguientes: Vértices Norte (mts.) Este (mts.) Punto Medio 5.950.900,00 766.100,00 Vértice 1 5.951.400,00 765.100,00 Vértice 2 5.951.400,00 767.100,00 Vértice 3 5.950.400,00 767.100,00 Vértice 4 5.950.400,00 765.100,00 Que, el vértice 1 se encuentra a una distancia U.T.M. de 1118, 034 metros y con un Azimut U.T.M. de 129,5167 grados centesimales, del punto medio señalados en el pedimento. Las coordenadas U.T.M., están referidas al Elipsoide Internacional, 1924, origen Datum Provisorio Sudamericano “La Canoa”, 1956, Huso dieciocho. Publíquese extracto de la presente sentencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Código de Minería. Inscríbase esta sentencia, dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Chillán, y remítase copia del plano al referido Conservador de Minas para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano y de una copia de la presente sentencia, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Remítase copia de la presente sentencia y original del plano al Servicio Nacional
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : V-143-2019 CARATULADO : REYES/ Chillán, diez de marzo de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 06 de septiembre de 2019, a las 16:52:43 horas, comparece don Daniel Eleazar Reyes Figueroa, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula de identidad 14.293.491-4, domiciliad
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