BERNARD/WORLDFAST LIMITADA
Rol
O-3580-2021
Fecha
25 de agosto de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41, 73, 160, 162, 163, 168, 446 y siguientes del Código del trabajo se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por la abogada ANGÉLICA IVÓN HERRERA LETELIER en representación de JORES BERNARD en contra de su ex empleadora la empresa FAB Y REPARA DE CARROCERIAS Y CHASIS WORLD FAST LTDA y en consecuencia se declara que la terminación de su contrato de trabajo no produjo el efecto de ponerle termino al mismo y además es improcedente, indebido e injustificado y por ende se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización por años de servicios por la suma de $1.800.000 incrementada en un 50% de la indemnización por años de servicios por la suma de $900.000 b. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $900.000 c. Feriado legal correspondiente a 21 días devengados del año 2021 por la suma de $421.000 d. Feriado proporcional por la suma de $225.000. e. Además de las remuneraciones que se devenguen por aplicación del artículo 162 del Código del trabajo desde la fecha del despido, esto es, el 26 de marzo de 2021 hasta la convalidación del mismo en razón de una remuneración de $600.000. f. Las cotizaciones previsionales correspondientes de seguridad social y salud adeudadas de los periodos de enero a marzo de 2021 y de enero de 2018 a mayo de 2019 las que deberán enterarse en la etapa de cumplimiento de la sentencia y las instituciones previsionales deberán instar por su cobro todo en base a una remuneración de $600.000. g. Las sumas antes referidas deberán ser reajustadas y devengaran intereses de los artículos 63 y 173 del Código del trabajo según corresponda. II. Atendida la rebeldía de la demandada no se le condenará en costas. III. Ejecutoriada la sentencia se remitirán los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo Notifíquese a las instituciones de seguridad social indicadas en la demanda. Téngase a las partes por notificadas de las resolu
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41, 73, 160, 162, 163, 168, 446 y siguientes del Código del trabajo se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por la abogada ANGÉLICA IVÓN HERRERA LETELIER en representación de JORES BERNARD en contra de su ex empleadora la empresa FAB Y REPARA DE CARROCERIAS Y CHASIS WORLD FAST LTDA y en consecuencia se declara que la terminación de su contrato de trabajo no produjo el efecto de ponerle termino al mismo y además es improcedente, indebido e injustificado y por ende se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización por años de servicios por la suma de $1.800.000 incrementada en un 50% de la indemnización por años de servicios por la suma de $900.000 b. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $900.000 c. Feriado legal correspondiente a 21 días devengados del año 2021 por la suma de $421.000 d. Feriado proporcional por la suma de $225.000. e. Además de las remuneraciones que se devenguen por aplicación del artículo 162 del Código del trabajo desde la fecha del despido, esto es, el 26 de marzo de 2021 hasta la convalidación del mismo en razón de una remuneración de $600.000. f. Las cotizaciones previsionales correspondientes de seguridad social y salud adeudadas de los periodos de enero a marzo de 2021 y de enero de 2018 a mayo de 2019 las que deberán enterarse en la etapa de cumplimiento de la sentencia y las instituciones previsionales deberán
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA VEINTICINCO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES (VIRTUAL) RUC 21-4-0342771-0 RIT O-3580-2021 MAGISTRADO ALEJANDRA BESOAIN LEIGH ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 10:15 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:30 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 214034277
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