Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MP C/ SEBASTIÁN RAÚL CATALDO TORO

Rol

O-102-2022

Fecha

25 de agosto de 2022

Materia

INCENDIO C/PELIGRO PARA LAS PERSONAS ARTS.475 Y 476 N01 Y 2

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Los días 17 y 18 del presente, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, a través de la plataforma Zoom, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, para conocer la acusación dirigida contra de SEBASTIÁN RAÚL CATALDO TORO, 35 años, natural de la Ligua, nacido el 22 de octubre de 1986, soltero, cédula nacional de identidad Nº 0016401913-6, 4º medio, sin oficio, sin domicilio. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por la Fiscal doña Gabriela Vargas Riquelme, domiciliado en calle 4 Norte N° 703, de esta ciudad. La defensa del acusado, estuvo a cargo de la defensora licitada, abogado doña Carolina Villalobos.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según auto de apertura, es del tenor siguiente: “El día 14 de Noviembre del año 2020, en horas de la madrugada en el domicilio ubicado en Pasaje las Camelias N° 97, Población 18 de abril, sector Mercedes, de la Comuna de Talca, el imputado SEBASTIAN RAUL CATALDO TORO, quien se encontraba bajos los efectos del alcohol y haciendo escandalo al interior de este domicilio en el que habitaba, fue increpado por su madre Patricia Toro, a quien insultó, saliendo en defensa de la mujer su conviviente don Mario Rodríguez, quien sacó al imputado de la casa. El imputado no obstante ingreso nuevamente, tras él llegaron en auxilio del ofendido su hija Isabel Rodríguez y el cónyuge de esta Luis Cornejo. El imputado los amenazó a todos diciéndoles que les quemaría la casa y el auto. Frente a esto por segunda vez el imputado es sacado de la casa. Pese a lo anterior el imputado ingresa otra vez a la vivienda y se dirige al segundo piso, donde se encontraba su dormitorio, habitación en la que permaneció algunos minutos y donde él inicio un incendio prendiendo fuego a especies y mobiliario que allí se encontraban para luego darse a la fuga del lugar. Las llamas se propagaron rápidamente por todo el segundo piso siendo de material ligero y en pocos minutos alcanzaron el primer piso de la casa habitación la que resultó destruida por completo. El fuego además ocasionó daño en las demás viviendas del mismo pasaje Las Camelias, casa N° 98 A de propiedad doña Katherine Carrasco y don Lorenzo González, así como también en el inmueble asignado con el N° 96 A.”. A juicio de la Fiscalía, los hechos antes descritos, constituyen el delito de tráfico de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley N° 20.000; en el que atribuye participación al acusado, en calidad de autor. Agrega que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad; y, requiere se le imponga la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y multa Código: LXRMXBFGQVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 de 40 UTM; más accesorias legales, comiso de las especies incautadas, determinación de su huella genética y pago de las costas. Los hechos descritos son constitutivos del delito de incendio en carácter de consumado del artículo 475 Nro.1 del Código Penal, en relación al artículo 479 del mismo cuerpo legal, atribuyéndole al imputado participación en calidad de autor.- A su juicio concurre la circunstancia agravante contemplada en el artículo 12 nro. 18 del Código Penal.-. Requiere la pena de PRESIDIO PERPETUO SIMPLE, comiso de las especies incautadas, más las accesorias legales del artículo 27 del Código Penal que doy una a una por expresamente reproducidas, por cada uno de los delitos, y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. El s

Fallo

se acuerda la hora, estaba oscuro, con su madre en el living, ella quería que se fuera a acostar, le sirvió un trago de chicha a don Mario, y ahí empezó la discusión con su madre, pensaba que era para que ingiriera él, su madre tomó sus cosas del tendedero y lo echó. Su dormitorio estaba en el segundo piso. Madre salió a la casa del vecino a pedir auxilio, porque discutió con ella. De ahí aparece la pareja de su madre don Mario. El le dijo que se fuera de la casa, pero aparece la hija de la pareja de su hija, discutió con ella, la trató mal porque ella trataba mal a su madre, la trató groseramente. La hija le puso un “charchazo” y ahí le dice que le va a quemar su vasa. Va al segundo piso, toma sus cosas la pone en un bolso y con un encendedor le puso fuego a la sabana, baja y se va caminando. Indica que el primer piso de la casa es de cemento y el segundo piso, de madera. En el domicilio estaba don Mario y su hija. Supo que se quemó totalmente la casa, entiende que no hubo lesionados, está arrepentido. No sabe si otros inmuebles se afectaron. Interrogado por la defensa, manifiesta que ese día llevaba dos semanas en la casa de su mamá, hacía cinco años que no la veía. Se reencuentra porque estaba en programas de situación calle y en el albergue la venezolana le regaló un teléfono con en comunicó con hermano Jonathan de San Felipe y lo llevó con su mamá. La hija de don Mario se llama Magy. La pieza donde se prendió la sábana, era su pieza. En esa casa no vivía nadie más. La hi

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1 Talca, veinticinco de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Los días 17 y 18 del presente, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, a través de la plataforma Zoom, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, para conocer la acusación dirigida contra de SEBASTIÁN RAÚL CATALDO TORO, 35 años, natural de la Ligua, nacido el 22 de octubre de 1986, soltero, cédula naci

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