3º Juzgado Civil de San Miguel

ARAYA/MUNICIPALIDAD LO ESPEJO

Rol

C-2781-2019

Fecha

9 de marzo de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que en autos comparece do a ñ Juana del Carmen Araya Vidal, due a de casa,ñ domiciliada en Pasaje Sur N 03149, Poblaci n Jos Mar a Caro, comuna de Lo Espejo,° ó é í quien interpone demanda en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, persona jur dica de derecho p blicoí ú del giro de su denominaci n, representadaó legalmente por su acalde don Miguel ngel Bruna SilvaÁ , contador, ambos domiciliados en Avenida Central Cardenal Ra l Silva Henr quez N 8321, comuna deú í ° Lo Espejo, Santiago, para que se declare la prescripci n extintiva de la acci n de cobroó ó de los derechos de aseo correspondientes al periodo que va desde el 30 de junio de 2010 hasta el 30 de noviembre de 2013. Se ala que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustre Municipalidadñ ó ó de Lo Espejo le ha emitido un Informe de Deuda de Derechos de Aseo, actualizado al mes de mayo del a o 2018, que incluye las cuotas que van desde la con vencimiento elñ d a 30 de junio de 2010 por un monto de $25.751, hasta la con vencimiento el d a 30í í de noviembre de 2013 por la suma de $22.100.- Indica que dichas cuotas ascienden a un total $395.356.- En cuanto al Derecho refiere que el art culo 2521 inciso 1 del C digo Civilí º ó se ala que "Prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ municipalidades provenientes de toda clase de impuestos". Explica que estas deudas no pueden ser condonadas administrativamente. Manifiesta que a la poca de esta presentaci n ha transcurrido sobradamente elé ó plazo de tres a os contados desde el vencimiento de tales derechos, sin haberseñ interrumpido tal plazo por alguna de las circunstancias legales. Comenta que es por lo anterior que solicita, previo informe de la Direcci n deó Rentas Municipales de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, se declare la prescripci nó de los derechos de aseo ya individualizados. Se ala que atendido a que la cuant a de lo disputado asciende a la suma deñ í $395.356 - (trescientos noven

Fundamentos

considerando que el valor de la Unidad Tributaria Mensual al mes de febrero del a oñ 2019 es de $48.305. (cuarenta y ocho mil trescientos cinco pesos), la cuant a equivale aí menos de 10 UTM, por lo que solicita expresamente que el juicio se tramite bajo las C-2781-2019 Foja: 1 reglas del juicio ordinario de m nima cuant a del art culo 703 y siguientes del C digo deí í í ó Procedimiento Civil. De acuerdo con lo expuesto anteriormente, el art culo 2521 inciso 1 del C digoí ° ó Civil y lo dispuesto en los art culos 254, 698, 703 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil, y dem s normas aplicables, solicita tener por interpuesta laá demanda de prescripci n de acci n de cobro de derechos municipales de aseo, respectoó ó del inmueble ubicado en Pasaje 2 Sur N 03149, Poblaci n Jos Mar a Caro, comuna deº ó é í lo Espejo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, representada legalmente por su alcalde don Miguel ngel Bruna Silva, Á ambos ya individualizados, admitirla a tramitaci n y, en definitiva, acogerla en todas sus partes, por la suma deó $395.356- (trescientos noventa y cinco mil trescientos cincuenta y seis pesos) ,con expresa condena en costas para el caso de oposici n.ó En el primer otros , en subsidio, interpone demanda en procedimiento menorí cuant a por prescripci n extintiva ordinaria de largo tiempo, en contra de la í ó Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, representada legalmente por su alcalde don Miguel ngel Bruna Silva, Á ambos ya individualizados, por las acciones de cobro derivadas de los derechos de aseo municipal correspondientes a los periodos que van desde el 30 de junio de 2010 hasta el 30 de noviembre de 2013. Se ala que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustre Municipalidadñ ó ó de Lo Espejo le ha emitido un Informe de Deuda de Derechos de Aseo, actualizado al mes de noviembre del a o 2018, que incluye las cuotas ñ que van desde la con vencimiento el d a 30 de junio de 2010 por un monto de $25.751, hasta la coní vencimiento el d a 30 de noviembre de 2013 por la suma de $22.100.- í Comenta que atendido a que la cuant a de lo disputado asciende a la suma deí $395.356 - (trescientos noventa y cinco mil trescientos cincuenta y seis pesos), y considerando que el valor de la Unidad Tributaria Mensual al mes de febrero del a oñ 2019 es de $48.305.- (cuarenta y ocho mil trescientos cinco pesos), la cuant a equivale aí menos de 10 UTM, por lo que solicita expresamente que el juicio se tramite bajo las reglas del juicio ordinario de m nima cuant a del art culo 703 y siguientes del C digo deí í í ó Procedimiento Civil. En cuanto al Derecho refiere que en virtud de lo que dispone el art culo 2514 delí C digo Civil, en relaci n con el art culo 2515 inciso 1 del mismo cuerpo legal,ó ó í º establecen lo siguiente: Art culo 2514 inciso 1 : í ° "La prescripci n que extingue las acciones y derechosó ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones". Art culo 2

Fallo

se declara la extinci n del derecho de cobro de los reajustes,ó multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al per odo que va entre el 30 de junio de 2010 y el 30 de noviembre de 2013, ambosí incluidos, atendida precisamente la calidad de accesorios de aqu llos en relaci n a stos.é ó é Por estas consideraciones y atento, adem s, lo previsto en los art culos 144, 160 yá í 170 del C digo de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2515, 2521 y 2493 del C digoó ó Civil, se declara: I.- Que se rechaza sin costas la acci n principal deducida por do a ó ñ Juana del Carmen Araya Vidal en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo. II.- Que se acoge sin costas la acci n subsidiariaó deducida por do a ñ Juana del Carmen Araya Vidal en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, en cuanto se declara extinguida por prescripci n la acci n de cobro de los derechos de aseoó ó devengados entre el 30 de junio del a o 2010 y el 30 de noviembre del a o 2013ñ ñ C-2781-2019 Foja: 1 ambos inclusive y los reajustes, multas y recargos que accedan a ellos, de acuerdo a lo dispuesto en el considerando s ptimo precedente.é Reg strese y arch vese.í í Rol 2781-2019 Dictada por do a Carolyn Medina Duarte. Juez Suplente.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, nueve de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.c

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C-2781-2019 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2781-2019 CARATULADO : ARAYA/MUNICIPALIDAD LO ESPEJO San Miguel, nueve de Marzo de dos mil veinte Vistos: Que en autos comparece do a ñ Juana del Carmen Araya Vidal, due a de casa,ñ domiciliada en Pasaje Sur N 03149, Poblaci n Jos Mar a Caro, comuna de Lo Espejo,° ó é í quien i

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