14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ DOMINIQUE CHARLOTT HERNÁNDEZ RAMÍREZ

Rol

O-8353-2020

Fecha

19 de agosto de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra del imputado, fundándolo en que “el día 06 de octubre del año 2020, siendo aproximadamente las 14:40 horas, la imputada ya individualizada, concurrió a la tienda Falabella, ubicada en Avenida Vicuña Mackenna Oriente N° 7110, La Florida, una vez en el lugar sustrajo diversas prendas de vestir consistentes en 5 bodys y 10 XLMRXBMFZXB CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 26/08/2022 11:43:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl modeladores de distintas marcas, avaluadas en la suma de $511.522.- pesos, saliendo del supermercado sin pagar, siendo detenida por guardias y entregada a carabineros”. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2. A la imputada le ha correspondido la calidad de autora y el grado de desarrollo del delito, se encuentra frustrado. A la requerida se le atribuye participación en calidad de autora ejecutora en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. La Fiscalía cuenta con los siguientes antecedentes que fundamentan esta imputación: 1.- Parte Detenido N° 1514 de la 36° Comisaria de La Florida de fecha 06 de octubre de 2020, que da cuenta de los hechos materia del requerimiento. 2.- Declaración del testigo Mónica Contreras Flores dependiente de la tienda comercial. 3.- Guía de despacho N° 87472400. 4.- Fotografías que dan cuenta del objeto material del delito. 5.- Extracto de filiación y antecedentes de la requerida. Que, el Ministerio Público le reconoce a la imputada las circunstancias atenuantes de responsabilidad penal contempladas en los números 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial. XLMRXBMFZXB CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 26/08/2022 11:43:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Es en virtud de lo anterior que se solicitó la imposición de una pena de 41 días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 de UTM, accesori

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a DOMINIQUE CHARLOTT HERNÁNDEZ RAMÍREZ, ya individualizada, a sufrir una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a pagar a beneficio fiscal una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al ser considerado autora ejecutora de un delito frustrado de hurto, perpetrado en la comuna de La Florida el día 06 de octubre de 2020. II.- Que, la multa se le da por pagada con el día que la imputada estuvo detenida en la causa, específicamente el día 07 de octubre de 2020. III.- Que, por reunir los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se le impondrá a la condena la pena sustitutiva de la remisión condicional de la pena, por un período de un año, debiendo presentarse en el Centro de Reinserción Social Santiago Sur Uno, el próximo 26 de septiembre de 2022, a las 08:30 horas y cumplir las demás exigencias legales. Si esta pena le fuera revocada o dejada sin efecto por causa legal, cumplirá la inicial ya sea bajo la modalidad de reclusión nocturna o de manera efectiva, para cualquiera de aquellas hipótesis no se consideran abonos. XLMRXBMFZXB CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 26/08/2022 11:43:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en

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C/ DOMINIQUE CHARLOTT HERNÁNDEZ RAMÍREZ RIT: 8353-2020 RUC: 2001022129-4 HURTO SIMPLE. Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veintidós Que, ante este 14º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 19de agosto del 2022 se celebró audiencia de procedimiento simplificado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 8353-2020, seguida contra DOMINIQUE CHARLOTT HERNÁNDEZ RAMÍR

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