LIBURD/LOS MANZANOS SA
Rol
O-7233-2018
Fecha
30 de agosto de 2021
Materia
Bonos, Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Prestaciones, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que fundaba su desvinculación. En consecuencia señala que su despido es injustificado y no se cumplieron las formalidades previstas en el artículo 162 del Código del Trabajo. En cuanto a la nulidad del despido, señala que la demandada le adeuda el pago de cotizaciones previsionales en FONASA de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, agosto y diciembre de 2015; enero y abril de 2016; mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2018. Además el pago de cotizaciones previsionales de enero de 2015 a septiembre de 2018 por no pago de cotizaciones por bono de bar por la suma imponible de $66.500.- En AFP PROVIDA, enero a agosto de 2015, junio 2017; septiembre 2018. Además el pago de cotizaciones previsionales de enero de 2015 a septiembre de 2018 por no pago de cotizaciones por bono de bar por la suma imponible de $66.500.- AFC CHILE, enero y febrero 2015; junio, julio, agosto y septiembre 2018. Además el pago de cotizaciones previsionales de enero de 2015 a septiembre de 2018 por no pago de cotizaciones por bono de bar por la suma imponible de $66.500.- Además señala que su ex empleadora le adeuda cotizaciones por no formalización de prestación denominada “bono bar” por la suma de $50.000líquido, siendo imponible $66.500, desde el inicio de la relación laboral el 01 de enero de 2015ª la fecha del despido. Indica que se realizaban descuentos arbitrarios e ilegales, sin existir autorización, a los trabajadores por pérdida de caja (cuadratura al final del día) pérdida de mercaderías, deterioros, pérdida de materiales, inventario entre otros insumos. Cita el artículo 58 inciso tercero del Código del Trabajo. Señala que mes a mes se le descontaba de su sueldo líquido en promedio $25.000 por tal concepto, dichos descuentos no constan en forma expresa en las liquidaciones, ya que la demandada los denominaba “anticipos”, al momento de firmar la liquidación, los encargados de recursos humanos los hacían firmar un documento denominado anticipo que adjunt
Fallo
En mérito de lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1,2, 3, 7, 8, 9, 67, 71, 73, 159 a 168, 452 a 496 del Código del Trabajo, artículo 1698 del Código Civil, SE DECLARA: I. SE ACOGE la demanda y se declara que el la demandante Juana Liburd Guerreroi ingresó a prestar servicios para la sociedad los manzanos S.A. el 01 de enero de 2015 hasta el 24 de septiembre de 2018, fecha en que fue despedida de manera injustificada. II. Que su despido no pudo producir sus efectos ante la falta de pago de las cotizaciones de Seguridad Social; III. Que las demandadas Los Manzanos SA, Altra SA; Internacionale Explotación Restaurantes Ltda.; Mise Ltda.; Seluk SA; ANSEB SA; Sociedad Comercial Padnology Ltda.; SLV Renta Car SA; Constructora SLV SA; Sociedad Inmobiliaria SLV SA; Sociedad Comercial Publicidad SVM Ltda. y Productora de Alimentos SA,; configuran un único empleador en los términos del artículo 3 del código del trabajo; IV. Que, en consecuencia, se condena de manera solidaria a las demandadas a pagar a la demandante las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por la cantidad de $516.200.- b) Indemnización por 4 años de servicio por la suma de $2.064.800.- c) El recargo legal del 50% de la indemnización anterior, por la suma de $1.032.400.- d) Por feriado anual periodo 01 de enero al 31 de diciembre de 2018 por la suma de $412.960.- e) Por concepto de feriado proporcional, por el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2018 al
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT : O-7233-2018 RUC : 18-4-0142609-0 MATERIA : NULIDAD DESPIDO, DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO PRESTACIONES LABORALES DEMANDANTE : JUANA KIOBA LIBURD GUERRERO Cedula de Identidad : 26.063.684-0 DEMANDADA 1 : LOS MANZANOS S.A. R.U.T. : 76.296.041-9. DEMANDADA 2 : ALTRA S.A. RUT : 76.004.203-4. DEMANDADA 3 : INTERNACIONALE EXPLOTACIÓN RESTAURANTES L
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