SCOTIABANK -CHILE S.A./MELLA
Rol
C-23878-2018
Fecha
9 de marzo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Ha comparecido el abogado Felipe Frías Jones, mandatario judicial de Scotiabank, sociedad anónima bancaria, cuyo representante legal es su Gerente General don Francisco Sardón de Taboada, abogado, y éste a su vez en representación de Tesorería General de la República, entidad del giro de su denominación, cuyo representante legal es don Sergio Frías Cervantes, ingeniero comercial, cesionario del crédito cuyo cobro se persigue por esta vía, todos domiciliados para estos efectos en Agustinas Nº1185, piso 3º, Santiago, y deduce demanda ejecutiva en contra de Ulises Guillermo Mella Beiza, ignora profesión u oficio, domiciliado en Manuel Palacio 430, comuna de Cabrero, y solicita se le condene a pagar la cantidad de 551,1954 Unidades de Fomento, equivalente en pesos al día 24 de Julio de 2018, a la suma de $14.990.497.-, más intereses, reajustes y costas. Señala que su representada persigue el cobro de los siguientes títulos: 1.- Pagaré suscrito con fecha 11 de julio de 2018, por Scotiabank, en representación del ejecutado, en virtud del mandato firmado y conferido por éste último en la cláusula 15 y 16 del Contrato de Apertura de línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal según Ley 20.027, por la suma de 55,1195 Unidades de Fomento. 2.- Pagaré suscrito con fecha 11 de julio de 2018, por Scotiabank, en representación del ejecutado, en virtud del mandato firmado y conferido por éste último en la cláusula 15 y 16 del Contrato de Apertura de línea de Crédito para Estudiantes de RIT« » Foja: 1 Educación Superior con Garantía Estatal según Ley 20.027, por la suma de 165,3586 Unidades de Fomento. 3.- Pagaré suscrito con fecha 11 de julio de 2018, por Scotiabank, en representación del ejecutado, en virtud del mandato firmado y conferido por éste último en la cláusula 15 y 16 del Contrato de Apertura de línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal según Ley 20.027, por la suma de 330,7173 Unidades de Fom
Fundamentos
considerando: Primero: Ha comparecido el abogado Felipe Frías Jones, mandatario judicial de Scotiabank, sociedad anónima bancaria, cuyo representante legal es su Gerente General RIT« » Foja: 1 don Francisco Sardón de Taboada, abogado, y éste a su vez en representación de Tesorería General de la República, entidad del giro de su denominación, cuyo representante legal es don Sergio Frías Cervantes, ingeniero comercial, cesionario del crédito cuyo cobro se persigue por esta vía, todos domiciliados para estos efectos en Agustinas Nº1185, piso 3º, Santiago, y deduce demanda ejecutiva en contra de Ulises Guillermo Mella Beiza, ignora profesión u oficio, domiciliado en Manuel Palacio 430, comuna de Cabrero, y solicita se le condene a pagar la cantidad de 551,1954 Unidades de Fomento, equivalente en pesos al día 24 de Julio de 2018, a la suma de $14.990.497.-, más intereses, reajustes y costas, pretensión que sustenta en los antecedentes de hecho y derecho que ya fueran reseñados en la parte expositiva de la presente sentencia. Segundo: Al comparecer el ejecutado opone excepción de prescripción, conforme lo dispuesto en el numeral 17° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, planteamientos que fueron expuestos en la primera parte de este fallo. Tercero: Que el artículo 98 de la Ley de Letras de Cambio y Pagaré señala que “El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento”. Cuarto: Que entre la fecha del vencimiento de los pagarés que se cobran en estos autos y la época en que se notificó y requirió de pago al ejecutado transcurrió en exceso el plazo contemplado en el artículo 98 de la Ley referida en el motivo precedente, debiendo declararse la prescripción de la acción ejecutiva derivada de los pagarés. Quinto: Que atendido lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 20.027, la acción de cobro derivada del contrato de estudios superiores con garantía estatal subsiste, toda vez que los créditos garantizados con fondos del estado son imprescriptibles, pudiendo el Estado proceder al cobro de las mismas hasta la total extinción de la deuda, utilizando los mecanismos que la misma ley refiere. Sexto: Que habiéndose allanado la parte ejecutante a la excepción opuesta, cada parte pagará sus costas. X RIT« » Foja: 1
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1438 y 1698 del Código Civil; 144, 160, 170, 464 N° 17°, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil; Ley 20.027, se declara: I.- Que, se acoge la excepción opuesta por la parte ejecutada contemplada en el numeral 17° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, respecto de la acción ejecutiva, quedando en consecuencia la parte ejecutada absuelta de la presente ejecución, subsistiendo la acción de cobro derivada del contrato de estudios superiores con garantía estatal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 20.027. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Rol C N° 23878-2018 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, nueve de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-09T07:40:11-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-23878-2018 CARATULADO : SCOTIABANK -CHILE S.A./MELLA Santiago, nueve de Marzo de dos mil veinte Vistos: Ha comparecido el abogado Felipe Frías Jones, mandatario judicial de Scotiabank, sociedad anónima bancaria, cuyo representante legal es su Gerente General don Francisco Sardón de Ta
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