C/ GIOVANNY OSCAR ANTONIO OYARZO MORENO
Rol
O-4698-2019
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
RESUMEN: TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago RUC : 1900894808-1 RIT : 4698-2019 MATERIA : Receptación del artículo 456 BIS A del Código Penal. IMPUTADO : GIOVANNY OSCAR ANTONIO OYARZO MORENO CEDULA DE IDENTIDAD : 20.186.628-6 DOMICILIO : Calle Plaza de Armas N°03281, comuna de La Pintana. FISCAL : Miguel Villavicencio Castañeda Defensor : Esteban Olivares Escobar CIRC. MODIF. RESP. PENAL : Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal TIPO DE RESOLUCIÓN : Procedimiento Abreviado PISTAS AUDIO : \\10.13.105.250\Audiencias\1900894808-1-1234 Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veintidós.
Fundamentos
Considerando: Que en cuanto a las circunstancias atenuantes de responsabilidad penal les favorece al acusado la atenuante de irreprochable conducta anterior ya que su extracto de filiación y antecedentes carece de anotaciones prontuariales pretéritas y además la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, la que se verifica el día de hoy con la aceptación del procedimiento abreviado, y además porque así lo ha reconocido el señor Fiscal en esta audiencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal. Resolución: I.- Que, se condena a GIOVANNY OSCAR ANTONIO OYARZO MORENO, ya individualizado, por su responsabilidad como autor del delito consumado de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, perpetrado en la comuna de La Pintana, el día 20 de agosto del año 2019, a sufrir las siguientes penas: Código: XPWQXXXLDPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file://///10.13.105.250/Audiencias/1900894808-1-1234 - QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio. - Accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. - Multa de Diez Unidades Tributarias Mensuales. II.- Que tanto la pena privativa de libertad como la pena de multa se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo que el sentenciado estuvo sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total, esto es, desde el 21 de agosto del año 2019 hasta el día de hoy 18 de agosto de 2022, lo que hace un total de 833 días, descontados los días de incumplimiento. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, si no se recurriere. Se tiene presente la renuncia de plazos pendientes por parte de los intervinientes y por ejecutoriada esta sentencia para todos los efectos legales. Se ordena el alzamiento de las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Dictada por doña Mónica Andrea Vergara Maldonado, Juez titular del 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: XPWQXXXLDPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-23T13:18:40-0400
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RESUMEN: TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago RUC : 1900894808-1 RIT : 4698-2019 MATERIA : Receptación del artículo 456 BIS A del Código Penal. IMPUTADO : GIOVANNY OSCAR ANTONIO OYARZO MORENO CEDULA DE IDENTIDAD : 20.186.628-6 DOMICILIO : Calle Plaza de Armas N°03281, comuna de La Pintana. FISCAL : Miguel Villavicencio Castañeda Defensor : Esteban Olivares Escobar CIRC. MODIF. RESP. PE
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