C/ ALFONSO ALEJANDRO PEÑA DUARTE
Rol
O-181-2022
Fecha
22 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos antes descritos son constitutivos de delito son constitutivos del delito de ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO DESTINADO A LA HABITACION, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal. Indica que este delito se encuentra en grado de desarrollo FRUSTRADO, conforme a lo dispuesto en el artículo 7° del Código Penal, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 450 del Código Penal y que le corresponde a los acusados la calidad de AUTORES, de acuerdo a lo previsto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Señala el Ministerio Público que respecto de los acusados no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. El Ministerio Público solicita se solicita se aplique a los acusados ALFONSO ALEJANDRO PEÑA DUARTE y HERNÁN ANDRÉS LEIVA JONES la XYXNXXPJHBZ MARCELA ALEJANDRA LABRA TODOROVICH Juez oral en lo penal Fecha: 22/08/2022 18:00:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3 de 64 pena de 7 AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias legales del artículo 28 del Código Penal, artículo 17 de la Ley 19.970 y costas de la causa. TERCERO. Alegatos de apertura. El ministerio público en su apertura indica que se trata de un hecho que ocurre en el mes de noviembre del año 2020, en plena época de la crisis sanitaria de pandemia, y la prueba que se va a ofrecer tiene por objeto acreditar el ingreso por vía no destinada al efecto de ambos sujetos. Como también que fueron sorprendidos al interior de esta propiedad mientras huían, por una persona que
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Antecedentes. Que con fecha once de agosto del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituido por los magistrados Fernando Martínez Arias, en calidad de juez presidente de sala, Gustavo Oscar Campaña González en calidad de jueza integrante y Marcela Alejandra Labra Todorovich en calidad de jueza redactora, se llevó a efecto el juicio oral RIT 181-2022, seguida en contra de ALFONSO ALEJANDRO PEÑA DUARTE, Cedula Nacional de Identidad N° 17.546.719-K, nacido en Santiago, el 17 de noviembre de 1990, de actuales 31 años de edad, soltero, peluquero, domiciliado en Calle Caracas N° 0962, Población San Gerónimo, comuna de Puente Alto y de HERNÁN ANDRÉS LEIVA JONES, Cedula Nacional de Identidad N° 17.001.111-2, nacido en Santiago, el 17 de julio de 1988, de actuales 34 años de edad, soltero, carpintero, domiciliado en Calle Camino Internacional N°1209, Departamento 13, Villa Hernán Cortez, comuna de Puente Alto. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Rodolfo Herrera, la defensa del acusado Peña Duarte estuvo a cargo de las defensoras privadas doñas Nathaly Skoljarev y Javiera XYXNXXPJHBZ MARCELA ALEJANDRA LABRA TODOROVICH Juez oral en lo penal Fecha: 22/08/2022 18:00:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 de 64 Rivera y la defensa del acusado Leiva Jones estuvo a cargo del abogado privado Juan Pablo González. SEGUNDO. Acusación. Que, según se indicó en el auto de apertura de juicio oral, el Ministerio Público sostuvo en su acusación el siguiente hecho: “El día 04 de Noviembre de 2020, alrededor de las 00:45 horas, los imputados ALFONSO ALEJANDRO PEÑA DUARTE y HERNÁN ANDRÉS LEIVA JONES ingresaron al inmueble, de propiedad de la víctima de iniciales J.C.A.S.A., ubicado en Las Achiras N°1296, comuna de Puente Alto, por vía no destinada al efecto mediante escalamiento del cierre perimetral, una vez en su interior procedieron a sustraer diversas especies muebles dejando estas acopiadas en el antejardín, no logrando su cometido, ya que fueron sorprendidos por la denunciante de iniciales P.P.P.P., siendo posteriormente detenidos en las cercanías del lugar por funcionarios de carabineros al ser reconocidos por P.P.P.P.” A juicio de Fiscalía los hechos antes descritos son constitutivos de delito son constitutivos del delito de ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO DESTINADO A LA HABITACION, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal. Indica que este delito se en
Fallo
por estas víctimas? o que haya podido decir si sabe que él llevaba un shampoo, ¿llevaba algo que pueda vincular a este sujeto con la persona que supuestamente estaba dentro de este domicilio?, puede vincularse este sujeto con las supuestas vestimentas, que da la víctima, si durante el transcurso de la investigación el Ministerio Público no presentó ninguna fijación de cómo estos sujetos estaban vestidos en la comisaría, si don Alfonso llevaba una mochila, si don Alfonso llevaba una parka verde, un gorro, si llevaba un polerón, eso no se hizo. No se hizo esa fijación. Si la víctima claramente da características de cómo iban vestidos estos sujetos. Porque lo único que entregó la víctima fueron características, entonces pareciera ser que acá faltó elementos para poder tener la corroboración de que este señor ha tenido participación. Porque desde el momento uno la defensora penal pública incidentó la ilegalidad de la detención y desde ahí dice este señor no tuvo participación en los hechos. XYXNXXPJHBZ MARCELA ALEJANDRA LABRA TODOROVICH Juez oral en lo penal Fecha: 22/08/2022 18:00:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S
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1 de 64 MINISTERIO PÚBLICO C/ ALFONSO ALEJANDRO PEÑA DUARTE y HERNÁN ANDRÉS LEIVA JONES ROBO EN LUGAR HABITADO SENTENCIA CONDENATORIA RUC 2001117960-7 RIT 181-2022 Puente Alto, veintidós de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Antecedentes. Que con fecha once de agosto del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituido por lo
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