C/ JEFFREY KENIN AMAYA ACEVEDO
Rol
O-30-2022
Fecha
19 de agosto de 2022
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha dieciséis de agosto de dos mil veintidós, ante la Sala del Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las magistradas titulares doña Marlene Lobos Vargas quien la presidió, doña Alejandra Rodríguez Oro, en calidad de integrante y doña Paula Rodríguez Fondón, como redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio correspondiente a los autos RUC 2000479740-0, RIT 30-2022, seguidos en contra de Jeffrey Kenin Amaya Acevedo, cédula de identidad N° 18.698.785-3, nacido en Santiago, el 1 de septiembre de 1993, 28 años, soltero, padre de dos hijos, cargador de camiones de Lo Valledor, domiciliado en Los Lirios N° 2167, Población Huamachuco, comuna de Renca. En representación del Ministerio Público, como parte acusadora, compareció la fiscal doña María Alejandra Bravo Figueroa. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor de su confianza don Gustavo Zeballos Marín.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación: Que el Ministerio Público sostuvo su acusación, en los mismos términos indicados en el auto de apertura de juicio oral, en contra del acusado Jeffrey Kenin Amaya Acevedo, fundada en los siguientes hechos: “El día 10 de mayo del año 2020, cerca de las 17:30 horas, el imputado JEFFREY KENIN AMAYA ACEVEDO, fue controlado por Carabineros en calle Guillermo Greve altura del N° 4208 en la comuna de Recoleta; conduciendo el vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, color blanco, sin llevar las PPU en la carrocería. Una de las PPU que le corresponde TS.2856, fu encontrada por el personal policial bajo la goma del asiento del copiloto. Al ser consultado por la situación, señaló espontáneamente que no las portaba por no pagar TAG. El imputado conducía sabiendo que llevaba ocultas las PPU.” A juicio de la Fiscalía, los hechos configuran un delito de conducir a sabiendas con placa patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192 Código: EXYTXXXQMHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl letra e) de la Ley 18.290 sobre Tránsito, en grado de consumado y al acusado le corresponde la calidad de autor en el mismo. En opinión del persecutor penal no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, siendo aplicables los artículos 1, 3, 5, 7,14 N°1, 15 N° 1, 18, 21, 22, 24, 29, 50, 62, 68, 69 todos del Código Penal; artículo 192 e) de la ley 18.290 sobre Tránsito, y artículos 248, 259, 260 y siguientes del Código Procesal Penal y los demás pertinentes, por lo que requiere se imponga las penas de cinco años de presidio menor en su grado máximo, inhabilidad para obtener licencia de conductor por el mismo tiempo y multa del cincuenta unidades tributarias mensuales, más inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y el pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Alegatos de Apertura: Que, en su alegato de apertura, el Ministerio Público señaló que en la fecha de los hechos carabineros efectuaba control policial, se le hace señal para que se detenga, no lo hace, lo siguen hasta que se detiene, conducía sin portar licencia de conducir. Los hechos configuran el delito señalado, es obligatorio conducir con las patentes para permitir la individualización del vehículo y resguardar la seguridad pública. El imputado señaló que conducía sin las patentes para no pagar tag. Refiere la prueba que rendirá en la audiencia. El acusado conocía la situación en la que conducía el vehículo y que ocultaba las patentes al transitar por la vía pública. La defensa, señaló que el acusado prestó declaración y ayudar en la investigación que se lleva en su contra y se reserva sus alegaciones para el alegato de clausura. TERCERO: Declaración del acusado: Que el acusado Jeffrey Kenin Amaya Acevedo renunció a su derecho a guardar silencio y declaró en el juicio. Al efecto, seña
Fallo
por tanto la información que entregan está dotada de fiabilidad, la que también proviene del análisis de la prueba que la corrobora, lo que, además, se aprecia acorde con los dichos del acusado, como se señaló precedentemente. Así las cosas, las declaraciones de los mencionados testigos, permiten establecer que la placa patente del automóvil, al momento de la fiscalización del personal de carabineros, se encontraba en el bajo la goma del asiento del copiloto, esto es, fuera de la vista de terceros, lo que obviamente impedía la identificación del móvil y de su propietario. De esta manera la declaración de los testigos, fotografías exhibidas y documentos incorporados permiten establecer, en lo medular, los hechos materia de la acusación y que el 10 de mayo de 2020, alrededor de las 17:30 horas, en calle Ricardo Greve aproximadamente a la altura del 4200, el acusado Jeffrey Kenin Amaya Acevedo fue sorprendido conduciendo el automóvil Chevrolet Astra blanco, PUU TS 28 56, con su placa patente oculta bajo la goma del asiento del copiloto, con la intención de evadir el pago del tag, según el mismo manifestó, lo que evidencia el pleno conocimiento y voluntad de dicha conducta y por tanto el dolo directo que exige la norma penal. Ambos testigos, además, identificaron plenamente, por su nombre completo al imputado. Así, la prueba de cargo rendida, resulta suficiente, para acreditar los hechos materia de la acusación y la participación que se imputa al acusado, la cual no fue desvi
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RIT 30-2022 Sentencia condenatoria Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha dieciséis de agosto de dos mil veintidós, ante la Sala del Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las magistradas titulares doña Marlene Lobos Vargas quien la presidió, doña Alejandra Rodríguez Oro, en calidad de integrante y doña Paula Rodríguez Fondón, como redactora,
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