Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de los Andes.

MINISTERIO PUBLICO C/ RICARDO EUGENIO GONZÁLEZ LAZCANO

Rol

O-26-2022

Fecha

19 de agosto de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Código: SKQVXXDXEHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “El día 26 de agosto de 2021 aproximadamente a las 14 horas doña Katherine Valeria Martínez Vargas, se encontraba en su lugar de trabajo, ubicada en calle Santa Rosa 235 de Los Andes, llegó hasta ese lugar el imputado Ricardo Eugenio González Lazcano, quien solicita asesoría jurídica respecto de causas de familia. Se le solicita, por parte de la profesional, clave única para poder ingresar a ver en el sistema las causas que tiene vigente, concurriendo al registro civil, volviendo a la oficina de la abogada, con la clave única, ingresando la víctima en el computador los antecedentes verificando que se trataba de Ricardo Eugenio González Lazcano, quien le manifiesta si venían sus antecedentes y fotos en el sistema, respondiendo la víctima que sí, momentos en que sorpresivamente arrebata el teléfono celular que mantenía la víctima en su mano, sustrayéndolo, correspondiendo este a un teléfono marca Huawei modelo I9 color celeste tornasol, de la compañía Entel, avaluado en la suma de $300.000 pesos y con el mismo huir del lugar.” (SIC) Los hechos antes descritos, configuran en concepto del acusador el delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo 436 del Código Penal, en grado de CONSUMADO y en el que cabe participación al acusado en calidad de AUTOR de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Respecto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, señala el Ministerio Público que concurre la agravante de reincidencia específica del artículo 12 N° 16 del Código Penal. Finalmente, conforme a las normas legales que señala, el Ministerio Público solicita que se condene al acusado a la pena de cinco años de presidio Código: SKQVXXDXEHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl menor en su grado máximo, accesorias legales, costas

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, integrada por los jueces titulares don Cristian Cáceres Castro, quien la preside, doña Alessandra Tubino Tassara, y don Carlos Muñoz Iturriaga, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa RIT 26-2022, seguida en contra del siguiente acusado: RICARDO EUGENIO GONZÁLEZ LAZCANO, RUN 15.761.008-2, domiciliado en Población San Felipe, pasaje Francisco Marcarián N° 418, comuna de San Felipe. Sostuvo la acusación fiscal el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Ricardo Reinoso Varas. La Defensa del acusado, estuvo a cargo de la abogada Defensora Penal Pública doña Paola Zapata Díaz. Ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en este Tribunal. SEGUNDO: Que el Ministerio Público fundó su acusación, en los siguientes hechos: Código: SKQVXXDXEHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “El día 26 de agosto de 2021 aproximadamente a las 14 horas doña Katherine Valeria Martínez Vargas, se encontraba en su lugar de trabajo, ubicada en calle Santa Rosa 235 de Los Andes, llegó hasta ese lugar el imputado Ricardo Eugenio González Lazcano, quien solicita asesoría jurídica respecto de causas de familia. Se le solicita, por parte de la profesional, clave única para poder ingresar a ver en el sistema las causas que tiene vigente, concurriendo al registro civil, volviendo a la oficina de la abogada, con la clave única, ingresando la víctima en el computador los antecedentes verificando que se trataba de Ricardo Eugenio González Lazcano, quien le manifiesta si venían sus antecedentes y fotos en el sistema, respondiendo la víctima que sí, momentos en que sorpresivamente arrebata el teléfono celular que mantenía la víctima en su mano, sustrayéndolo, correspondiendo este a un teléfono marca Huawei modelo I9 color celeste tornasol, de la compañía Entel, avaluado en la suma de $300.000 pesos y con el mismo huir del lugar.” (SIC) Los hechos antes descritos, configuran en concepto del acusador el delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo 436 del Código Penal, en grado de CONSUMADO y en el que cabe participación al acusado en calidad de AUTOR de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Respecto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, señala el Ministerio Público que concurre la agravante de reincidencia específica del artículo 12 N° 16 del Código Penal. Finalmente, conforme a las normas legales que señala, el Ministerio Público solicita que se condene al acusado a la pena de cinco años de presidio Código: SKQVXXDXEHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl menor en su grado máximo, accesorias legales, costas de la causa y determinación de huella genética, por el delito que se le acusa, cometido por el acusado en calidad de autor, además del comi

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 12 N° 16, 15 N° 1, 24, 30, 47, 50, 51, 432, 446, 449 y demás pertinentes del Código Penal; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344, 346, 351 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, y demás normas legales aplicables al caso, se declara: I.- Que se condena al acusado RICARDO EUGENIO GONZÁLEZ LAZCANO, ya individualizado, a sufrir la pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, multa de cinco unidades tributarias Código: SKQVXXDXEHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mensuales y accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado de consumado, cometido en la comuna de Los Andes, el día 26 de agosto de 2021. II.- Que en relación con la pena corporal impuesta al sentenciado, la misma deberá ser purgada de manera efectiva, sirviéndole como abono, el tiempo que ha permanecido privado de libertad con motivo de la presente causa, esto es entre el día 27 de agosto de 2021, y el día 26 de enero de 2022; luego, entre el día 09 de marzo de 2022 y el día 09 de junio de 2022; y, finalmente, entre el día 10 de agosto de 2022 y la fecha de ejecutoriedad del fallo, contabilizando al día de hoy, un total de doscientos cincuenta y seis (256

Texto Completo (Preview)

MINISTERIO PÚBLICO C/ RICARDO EUGENIO GONZÁLEZ LAZCANO DELITO: HURTO RUC: 2100776679-0 RIT: 26-2022 Los Andes, diecinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, integrada por los jueces titulares don Cristian Cáceres Castro, quien la preside, doña Alessandra Tubino Tassara, y don Carlos Muñoz Iturriaga,

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