C/ JAVIER ALONSO MARTÍNEZ GUERRERO
Rol
O-7133-2021
Fecha
17 de agosto de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 13 de Septiembre de 2021, siendo aproximadamente las 17:55 horas, en Avenida Lo Marcoleta con ruta 5 norte, de la comuna de Quilicura, el acusado JAVIER ALONSO MARTINEZ GUERRERO condujo en evidente estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir el vehículo marca Chevrolet, PPU CHWP-26, modelo Aveo, color rojo, año 2010, impactando por el costado derecho al vehículo, PPU CRXP-79, modelo Celerio, color azul perlado, año 2010, conducido por la víctima ERNESTO REIMUNDO RIOS HERNANDEZ. Al momento del control policial, se verificó que el acusado presentaba fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar; además se le practicó el examen respiratorio que detecta la presencia de alcohol en el organismo que marcó respecto del acusado una gradación de 1.94 gramos por mil de alcohol en la sangre. El examen de alcoholemia practicado al acusado arrojó como resultado que éste último presentaba 2.16 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la conducción del vehículo. SE DECLARA: I. Que se condena al requerido JAVIER ALONSO MARTÍNEZ GUERRERO ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena, multa equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual y prohibición de obtener licencia de conducir por el plazo de dos años, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, consumado, cometido el día trece de septiembre del año dos mil veintiuno, en la comuna de Quilicura. II. Reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad impuesta por la de remisión condicional, quedando el sentenciado sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, por el plazo de un año y d
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena al requerido JAVIER ALONSO MARTÍNEZ GUERRERO ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena, multa equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual y prohibición de obtener licencia de conducir por el plazo de dos años, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, consumado, cometido el día trece de septiembre del año dos mil veintiuno, en la comuna de Quilicura. II. Reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad impuesta por la de remisión condicional, quedando el sentenciado sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, por el plazo de un año y debiendo cumplir, además, las condiciones del artículo 5 de la Ley 18.216. III. Se declara cumplida la sanción de multa, abonando – previa conversión – el día de su detención correspondiente al 14 de septiembre del año 2021, acorde lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. IV. Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. V. Conforme al artículo 38 de la Ley N° 18.216 deberá omitirse del certificado de antecedentes del sentenciado las anotaciones a que diere origen esta sentencia condenatoria, oficiándose al Servicio de Registro Civil e Iden
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Segundo Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 4º piso, Acceso o Edificio B. Centro de Justicia de Santiago SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, diecisiete de agosto de dos mil ventidós TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CLAUDIA VIVIANA HERMOSILLA TORO RUC: 2100830544-4 RIT: 7133-2021 IMPUTADO: JAVIER ALONSO MARTÍNEZ
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