C/ RICARDO ALFREDO DÍAZ BASOALTO
Rol
O-155-2022
Fecha
19 de agosto de 2022
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación del Ministerio Público son los siguientes: “El día 12 de enero de 2021, aproximadamente a las 15:50 horas, en la vía pública, en la Caletera de la Panamericana Norte con calle comandante Canales en la comuna de Independencia, el acusado RICARDO ALFREDO DÍAZ BASOALTO, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, conduciendo a sabiendas el vehículo PPU JCPW-64, con sus placas patentes ocultas en el interior del vehículo. Señalando hacerlo para no pagar Tag. El imputado conducía a sabiendas de llevar las placas patentes ocultas”. Calificación Jurídica de los hechos y grado de desarrollo: A juicio del órgano persecutor penal, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de conducción a sabiendas de vehículo con placa patente oculta, ilícito previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado. Código: GVHLXXXQMHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TXXXXXZCHXY PAMELA DEL CARMEN QUIROGA LORCA Juez Integrante Fecha: 19/08/2022 15:34:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Participación: En concepto del ente fiscal, al acusado Ricardo Alfredo Díaz Basoalto le corresponde participación en calidad de autor en el delito que se le imputa, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa, de conformidad al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal: El Minis
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día jueves once de agosto del dos mil veintidós, y ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las magistradas doña Paula Rodríguez Fondón, quien la presidió, doña Marlene Lobos Vargas como juez redactora y doña Pamela Quiroga Lorca, como tercer juez integrante, se llevó a efecto vía zoom el juicio oral Rol Único de Causa N° 2.100.036.541-3, Rol Interno del Tribunal N° 155-2022, destinada a conocer y fallar la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de RICARDO ALFREDO DÍAZ BASOALTO, cédula nacional de identidad Nº 17.737.575-6, sin apodos, nacido el día 25 de agosto de 1990, en Santiago, de 31 años, soltero, contratista en construcción, domiciliado en Calle Alicia Santibañez 104, de la comuna de Buin, quién comparece legalmente representado por la Defensora Penal Pública doña Daniela Sanhueza Alzamora, con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. Mientras que, se presenta como acusador el Ministerio Público, representado por la Fiscal Titular doña María Alejandra Bravo Figueroa, también con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. Se deja constancia que el detalle íntegro de todo lo argumentado por las partes, y de las pruebas rendidas ha quedado registrado en el audio respectivo, lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto por el legislador procesal penal en los artículos 39 a 44 del código de la materia, de modo que la precisión de cada antecedente puede encontrarse en el soporte informático respectivo, en donde quedó almacenado el referido audio, registro que está a disposición de los intervinientes y del público en general, conforme a la normativa indicada. SEGUNDO: Que conforme al auto de apertura del juicio oral, los hechos materia de la acusación del Ministerio Público son los siguientes: “El día 12 de enero de 2021, aproximadamente a las 15:50 horas, en la vía pública, en la Caletera de la Panamericana Norte con calle comandante Canales en la comuna de Independencia, el acusado RICARDO ALFREDO DÍAZ BASOALTO, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, conduciendo a sabiendas el vehículo PPU JCPW-64, con sus placas patentes ocultas en el interior del vehículo. Señalando hacerlo para no pagar Tag. El imputado conducía a sabiendas de llevar las placas patentes ocultas”. Calificación Jurídica de los hechos y grado de desarrollo: A juicio del órgano persecutor penal, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de conducción a sabiendas de vehículo con placa patente oculta, ilícito previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado. Código: GVHLXXXQMHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TXXXXXZCHXY PAMELA DEL CARMEN QUIROGA LORCA Juez Integrante Fecha: 19/08/2022 15:34:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDAD
Fallo
Por tanto, en cuanto al carácter, mérito e idoneidad de la prueba testimonial, documental y fotográfica rendida por el Ministerio Público, sólo cabe indicar que en concepto de este tribunal el relato de los funcionarios policiales, apoyados por las probanzas fotográficas y documentales, permiten establecer suficientemente la conducta de ocultamiento, a sabiendas, de las placas patentes del Kia Cerato en comento, pues al momento de describir los hechos los policías dieron cuenta de los elementos del tipo dando total razón de sus dichos, apreciando el tribunal que los eventos que relataron resultaron compatibles con la participación que le habría correspondido a cada cual en el procedimiento policial, resultando plenamente plausibles sus relatos desde la perspectiva que asumieron en el mismo, dando muestras claras de imparcialidad y objetividad al momento de responder a las preguntas de los intervinientes, pues relataron todos los sucesos que pudieron constatar, reconociendo con total sinceridad y rectitud todos los datos o elementos sobre los que fueron interrogados, e inclusive aquellos que por el inexorable paso del tiempo confundieron u olvidaron -como el día exacto en que ocurre el hecho, respecto de Quezada, o las siglas de las patentes que mencionó en principio Lagos-, lo que fortalece su confiabilidad al revelar el total desinterés de ambos declarantes en el resultado de este juicio. Y, como ya se razonó, coadyuva al establecimiento de este ilícito la evidencia fotográ
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CONTRA: RICARDO ALFREDO DÍAZ BASOALTO DELITOS: Conducción de vehículo con placa patente única oculta RIT: 155-2022 RUC: 2.100.036.541-3 Santiago, diecinueve de agosto del dos mil veintidos. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día jueves once de agosto del dos mil veintidós, y ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por la
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