Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

ALVARADO/EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP

Rol

M-123-2021

Fecha

23 de agosto de 2021

Materia

Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1 Álvaro Felipe Alvarado Torres, domiciliado en San Martín n.º 2950, Valdivia, dedujo demanda de nulidad del despido, despido injustificado, declaración de contrato con expresa infracción de ley y cobro de prestaciones, contra EST SpA, indistintamente denominada Empresa de Servicios Transitorios Checkup SpA, rol único tributario Nº 76.392.595-1, representada por Pablo Alexis Albornoz Hormazábal, ambos domiciliados en Huérfanos n.° 1055, Oficina 503, Santiago, y conjunta e indistintamente contra CENCOSUD S.A., rol único tributario n.º 93.834.000-5, representada por Ricardo González Novoa, ambos domiciliados en Avenida Kennedy n.° 9001, Piso 7, Las Condes, Santiago, pretendiendo: i) declaración de existencia de un fraude a la ley en su relación laboral, considerándose como empleadora directa la empresa Cencosud S.A. durante la vigencia de la relación laboral; ii) que la relación laboral era de duración indefinida; ii) el pago de las siguientes sumas: a) $439.375 a título de indemnización sustitutiva del aviso previo; $ 140.600 a título de feriado proporcional; c) cotizaciones de seguridad social correspondientes al período comprendido entre octubre y diciembre de 2020 y el mes de abril del año 2021; d) remuneraciones íntegras que se devenguen mensualmente entre la fecha del despido, esto es, el 30 de abril de 2021, hasta la convalidación del mismo por aplicación de lo dispuesto en el artículo 162 inciso 7º del Código del Trabajo. Fundó sus pretensiones en que con fecha 28 de octubre de 2020 comenzó a trabajar para la demandada EST SpA a través de un contrato de servicios transitorios para desempeñarse en las dependencias de la empresa usuaria Cencosud S.A., con una remuneración de $439.375. El contrato tenía duración definida hasta el 31 de octubre de 2020, por lo cual desde esa fecha su empleador pasó a ser Cencosud S.A., en virtud de lo dispuesto en el artículo 183 letra T, del código del trabajo. Señaló que queda de manifiesto que su ex empleador i

Fundamentos

Considerando: Que atendida la rebeldía de la demandada principal EST SpA y vista la facultad que confiere el artículo 453 n.° 1 inciso 6 del Código del Trabajo, el tribunal hará lugar a la demanda incoada respecto de esta última, sin perjuicio de descontarse en su oportunidad de las sumas que se ordenará pagar, los dineros que Cencosud S.A. pagará a título de pago por subrogación en virtud del acuerdo parcial alcanzado en audiencia de 19 de agosto de 2021.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 161 y siguientes y artículos 425 y siguientes del Código del Trabajo, se declara que ha lugar con costas a la demanda de folio 1 sólo en cuanto se declara: i) Que la relación laboral existente entre Álvaro Felipe Alvarado Torres y EST SpA, también denominada Empresa de Servicios Transitorios Checkup SpA, era de duración indefinida; ii) Que se ordena a EST SpA, también denominada Empresa de Servicios Transitorios Checkup SpA el pago de las siguientes sumas: a) $439.375 a título de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $140.600 a título de feriado proporcional; c) cotizaciones de seguridad social correspondientes al período comprendido entre octubre y diciembre de 2020 y el mes de abril del año 2021; y d) remuneraciones íntegras que se devenguen mensualmente entre la fecha del despido, esto es, el 30 de abril de 2021, hasta la convalidación del mismo; iii) Que lo anterior sin perjuicio de los abonos que procedan conforme se establece en el considerando único de esta sentencia. iv) Que la demandada EST SpA, también denominada Empresa de Servicios Transitorios Checkup SpA queda condenada en costas. Regístrese. RIT M-123-2021 RUC 21- 4-0340940-2 Dictó RAFAEL CÁCERES SANTIBÁÑEZ, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia. En Valdivia a veintitrés de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. Vistos: A folio 1 Álvaro Felipe Alvarado Torres, domiciliado en San Martín n.º 2950, Valdivia, dedujo demanda de nulidad del despido, despido injustificado, declaración de contrato con expresa infracción de ley y cobro de prestaciones, contra EST SpA, indistintamente denominada Empresa de Servicios Transitorios Checkup SpA, rol único tributario

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