C/ ELENA DEL CARMEN SALAS CERÓN
Rol
O-761-2022
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 19 de enero de 2022, aproximadamente a las 13:50 horas, la imputada la interior del mall Las Gangas, en el local 20, pasillo 15, de propiedad de la víctima María Eugenia Moreno Orellana, ubicado en calle Placer N° 887, comuna de Santiago, la imputada sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño un baúl de niña color rosado, saliendo del local con dicha especie en su poder. El avaluó de la especie es de $60.000 SE RESUELVE: I.- Que se condena a ELENA DEL CARMEN SALAS CERÓN, ya individualizada, a la pena de VEINTIUN DÍAS de prisión en su grado medio, al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORA del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 446 N° 3 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO, en perjuicio de María Eugenia Moreno Orellana II.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria dado el tiempo de privación de libertad de la imputada a propósito del control de detención, se tiene por cumplida, por el día 19 de enero de 2022 III.- Que reuniendo la sentenciada los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por un año. La imputada deberá presentarse a cumplir entre el 21 y 23 de este mes, a las 09:00 de la mañana al Centro de Reinserción Social Santiago Centro, ubicado en Santo Domingo 1382, Santiago. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse las condiciones impuestas, sin abonos que computar. IV.- Que le se exime a la imputada del pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos y haber evitado la realización de un juicio oral. V.- Una vez ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto e
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a ELENA DEL CARMEN SALAS CERÓN, ya individualizada, a la pena de VEINTIUN DÍAS de prisión en su grado medio, al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORA del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 446 N° 3 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el cual se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO, en perjuicio de María Eugenia Moreno Orellana II.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria dado el tiempo de privación de libertad de la imputada a propósito del control de detención, se tiene por cumplida, por el día 19 de enero de 2022 III.- Que reuniendo la sentenciada los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por un año. La imputada deberá presentarse a cumplir entre el 21 y 23 de este mes, a las 09:00 de la mañana al Centro de Reinserción Social Santiago Centro, ubicado en Santo Domingo 1382, Santiago. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse las condiciones impuestas, sin abonos que computar. IV.- Que le se exime a la imputada del pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos y haber evitado la realización de un juicio oral. V.- Una vez e
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago., dieciocho de agosto de dos mil veintidós TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADA: MARIA CAROLINA HERRERA CORTES-MONROY RUC: 200066821-8 RIT: 761 IMPUTADO: ELENA DEL CARMEN SALAS CERÓN C.I. 0012647200-5 DELITO Hurto simple ARTICULO Artículo 446 CP PARTICIPACION AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO. ATEN
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