1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

UBEDA/KOMAX S.A.

Rol

M-1695-2021

Fecha

24 de agosto de 2021

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos no controvertidos. Que, en la audiencia única agendada al efecto, se establecieron los siguientes hechos no controvertidos. 1.- Existencia de una relación laboral entre las partes, con fecha de inicio el 01 de junio de 2017 y término el día 31 de marzo de 2021, por renuncia de la actora, con finiquito y expresa reserva de derechos que se transcribe: “Por este acto, hago expresa reserva legal de presentar acciones legales, contra la sociedad en el futuro por concepto de pago de remuneraciones y/o bonos devengados durante el primer semestre del año 2021”. 2.- Pagos de cotizaciones previsionales durante la vigencia de la relación laboral y hasta la época del término. 3.- La remuneración inicial de la demandante el 01 de junio de 2017 era de $ 761.000.- QUINTO: Hechos controvertidos. Que, en la audiencia única agendada se fijaron como hechos controvertidos los siguientes: 1.- La remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, de los últimos tres meses íntegramente laborados y percibidos por la demandante. 2.- Las prestaciones reclamadas, particularmente, las diferencias de remuneraciones de los 24 meses precedentes a la fecha de la demanda, la prestación por el bono reclamado y devengado desde septiembre de 2020 y hasta febrero de 2021. Para ambos casos, base de cálculo. SEXTO: Prueba de la parte demandante. Que la parte demandante incorporó las siguientes probanzas: Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 1 de junio de 2017. 2. Finiquito de Contrato de Trabajo de fecha 31 de marzo de 2021. 3. 12 liquidaciones de sueldo desde febrero de 2020 a enero de 2021, ambos meses inclusive. 4. Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 9 de junio de 2021. 5. 16 cartolas bancarias del Banco Santander de cuenta corriente de doña Fernanda Ubeda Freyhofer. El Tribunal tuvo por ofrecida e incorporada la prueba documental, sin perjuicio de la revisión a efectuar al momento del fallo. Confesional: Absuelve posiciones don Leonel Merardo Huircan V

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda: Que compareció doña FERNANDA ISABEL UBEDA FREYHOFER, Rut 17.325.408-3, con domicilio en Domingo Bondi N° 1160, departamento 71, Las Condes, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora COMERCIAL MADISON S.A. (KOMAX S.A.) Rut 96.572.420-6, representada legalmente por don Víctor Guerra Parada, Rut 15.607.226-5, ambos domiciliados en Avenida del Parque N° 4314, Huechuraba, sobre la base de los siguientes antecedentes. Refiere que con fecha 01 de junio del año 2017 fue contratada por la empresa Comercial Madison S.A. (KOMAX S.A.) para desempeñar funciones de diseñadora gráfica, bajo una remuneración mensual imponible equivalente a la suma de $761.000.-, la cual fue modificada a la suma de $1.000.000.- en el mes de junio del año 2018. Indica que sin perjuicio de lo anterior, la demandada pago sumas inferiores a las pactadas, generándose diferencias a su favor, las que respecto de los últimos 24 meses consistieron en las siguientes: Fecha de pago Monto Acordado Monto Pagado Diferencia 31.07.19 $1.000.000.- $915.750 $84.250.- 30.08.19 $1.000.000.- $915.725 $84.275.- 30.09.19 $1.000.000.- $914.221 $85.779.- 30.10.19 $1.000.000.- $915.786 $84.214.- 29.11.19 $1.000.000.- $915.689 $84.311.- 30.12.19 $1.000.000.- $914.663 $85.337.- 31.01.20 $1.000.000.- $925.096 $74.904.- 28.02.20 $1.000.000.- $942.693 $57.307.- 31.03.20 $1.000.000.- $948.865 51.135.- 30.04.20 $1.000.000.- $775.588 (*) 29.05.20 $1.000.000.- $775.598 (*) 30.06.20 $1.000.000.- $775.654 (*) 31.07.20 $1.000.000.- $944.959 $55.041.- 31.08.20 $1.000.000.- $944.900 $55.100.- 30.09.20 $1.000.000.- $947.504 $52.496.- 30.10.20 $1.000.000.- $944.510 $55.490.- 30.11.20 $1.000.000.- $978.246 $21.754.- 30.12.20 $1.000.000.- $948.808 $51.192.- 29.01.21 $1.000.000.- $941.148 $58.852.- 26.02.21 $1.000.000.- $940.666 $59.334.- 31.03.21 $1.000.000.- $940.490 $59.510.- TOTAL $24.000.000.- $19.224.159.- $1.160.281.- (*) No aplica por disminución de sueldo base acordado por ambas Partes, durante un lapso de 3 meses conforme se indica en la tabla. Agrega que su ex empleador opera bajo el rubro de distribución, comercialización y representación de diversas marcas comerciales de ropa y calzado, y producto de ellos distribuye a su personal en distintos equipos de trabajo por marcas o grupos de marcas específicas que representa. Señala que en razón de lo anterior, durante la relación laboral se desempeñó como diseñadora gráfica encargada de las marcas Marmot, Mammut, DC Shoes, Outdoor Research, y desde el mes de mayo del año 2020 hasta la fecha de terminación de la relación laboral, de forma exclusiva para la marca THE NORTHFACE. Asegura que durante la relación laboral se incluyó dentro de su remuneración, de forma verbal, una remuneración variable consistente en bonos de desempeño (o bonos de temporada) condicionados a metas come

Fallo

se declarara tal nulidad, única forma de que esta judicatura privara de efectos jurídicos al acto del finiquito, sin embargo, analizada la demanda se puede establecer que la trabajadora no plantea tal pretensión en ninguna parte de su libelo, lo que impide al tribunal pronunciarse respecto de la validez del finiquito. DECIMO: En cuanto a la procedencia de las prestaciones reclamadas. Que, la actora solicita el pago de dos tipos de prestaciones: a) Diferencias de remuneraciones b) Bono de Desempeño o Temporada Que, el fundamento esgrimido por la demandante para justificar las diferencias de remuneraciones dicen relación: i) Que fue contratada por una remuneración mensual imponible equivalente a la suma de $761.000.-, la cual fue modificada a la suma de $1.000.000.- en el mes de junio del año 2018, sin que se hubiere escriturado aquello. ii) Indica que sin perjuicio de lo anterior, la demandada pago sumas inferiores a las pactadas, generándose diferencias a su favor, las que, conforme a los últimos 24 meses consistieron en las que indica en la tabla inserta en el motivo primero. Que, del atento análisis de cada una de las liquidaciones de remuneraciones incorporadas por la parte demandante, las que revisadas exhaustivamente por el tribunal correspondieron efectivamente al periodo abarcado entre el mes de febrero de 2020 a enero de 2021, como asimismo las incorporadas por la demandada que correspondieron efectivamente al periodo abarcado desde el mes de marzo de 2020 a marzo

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda: Que compareció doña FERNANDA ISABEL UBEDA FREYHOFER, Rut 17.325.408-3, con domicilio en Domingo Bondi N° 1160, departamento 71, Las Condes, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora COMERC

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