13º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK - CHILE S.A/GARCÍA

Rol

C-40295-2018

Fecha

5 de marzo de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece en autos Enzo Leonardo Coppa Hurtado, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Scotiabank Chile S.A., del giro de su denominaci n, representada legalmente por Francisco Javier Sard n deó ó Taboada, abogado, ambos con domicilio en Avenida Nueva Providencia N 1881, oficina 2006-2007, comuna de Providencia, quien interpone° demanda en juicio ejecutivo en contra de Sharim Valeska Garc a Vargasí , ignora profesi n u oficio, domiciliado en Avenida Dorsal N 1192,ó ° departamento 204, comuna de Recoleta, en atenci n a los

Fundamentos

fundamentos deó hecho y de derecho que se exponen a continuaci n.ó Expone que su representada es due a de los siguientes documentos:ñ 1.- Pagar suscrito con fecha 16 de noviembre de 2018, por la sumaé de 49,4296 UF. 2.- Pagar suscrito con fecha 16 de noviembre de 2018, por la sumaé de 5,4922 UF. 3.- Pagar suscrito con fecha 16 de noviembre de 2018, por la sumaé de 114,6560 UF. 4.- Pagar suscrito con fecha 16 de noviembre de 2018, por la sumaé de 12,7396 UF. Manifiesta que los pagar s antes se alados fueron suscrito por elé ñ Banco ejecutante en representaci n de la deudora, en virtud del mandatoó conferido por ste ltimo en la cl usula 15 y 16 del Contrato de Aperturaé ú á de l nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant aí é ó í Estatal seg n Ley 20.027. ú Agrega que de acuerdo a lo pactado en los pagar s, el capitalé adeudado devengar a la tasa de inter s m xima convencional que la leyí é á RIT« » Foja: 1 permite establecer para ste tipo de operaciones de cr dito de dinero,é é estipul ndose, adem s, en caso de no pago de la deuda a la presentaci n aá á ó cobro del respectivo pagar , se capitalizar an los intereses vencidos y laé í obligaci n devengar a a favor del Banco, a partir de esa fecha, a t tulo deó í í pena, intereses moratorias a la tasa de inter s m xima convencional fijadaé á por la autoridad a la fecha de suscripci n del pagar a menos que la queó é rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar staá é ltima. ú Refiere los pagar s se alados ten an fecha de vencimiento el 26 deé ñ í noviembre de 2018, siendo el total de lo adeudado a su representada la suma de 182,3174 UF. Agrega que los pagar s se encuentran garantizados con la Garant aé í Estatal del Fisco de Chile, en conformidad a las disposiciones de la Ley 20.027, que establece normas para el financiamiento de estudios superiores. Se ala que las partes pactaron que la obligaci n es indivisible para losñ ó herederos /o sucesores, liber ndose al tenedor de la obligaci n de protesto,á ó encontr ndose la firma del suscriptor del pagar , autorizada ante Notario,á é que la deuda es l quida, actualmente exigible y la acci n ejecutiva no seí ó encuentra prescrita. Previas citas legales, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Sharim Valeska Garc a Vargasí , ya individualizada, y, con su m rito, despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra poré ó 182,3174 UF, equivalentes en pesos al d a 30 de noviembre de 2018 a laí suma de $5.019.708.-, por concepto de capital, m s intereses pactados,á ordenando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contraó por dicha suma, y seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer a suó representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas. Mediante resoluci n de 26 de febrero de 2020, se tuvo por notificadoó personalmente la demanda y por requerido de pago al ejecutado a contar de la fecha de su presentaci n, a saber, el 19 de febrero de 2020.ó RIT« » F

Fallo

Por estas consideraciones, teniendo presente el m rito de autos y vistoé adem s lo dispuesto en los art culos 1545, 1698 y siguientes del C digoá í ó Civil, art culos 144, 170, 434 y siguientes, 471 del C digo de Procedimientoí ó Civil, art culo 98 de la Ley 18.092, y art culo 13 de la Ley 20.027, seí í resuelve: I.- Que, se acoge la excepci n de prescripci n de la acci n ejecutivaó ó ó opuesta por el ejecutado mediante su presentaci n de 19 de febrero deó 2020. En consecuencia, se rechaza la demanda y se le absuelve de la ejecuci n.ó II.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í Rol C-40295-2018 Pronunciada por do a ñ Nancy Torrealba P rezé , Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-05T15:16:13-0300

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-40295-2018 CARATULADO : SCOTIABANK - CHILE S.A/GARC AÍ Santiago, cinco de Marzo de dos mil veinte Vistos: Comparece en autos Enzo Leonardo Coppa Hurtado, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Scotiabank Chile S.A., del giro de su denominaci n, representada legalmente por Francisco Javier

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