MP C/ DANIEL ARMANDO LAGOS OPAZO
Rol
O-3358-2022
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 399 y 494 N°5 del Código Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 1 y 5 de la Ley 20.066 y teniendo también en cuenta los artículos 207, 295 y 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a DANIEL ARMANDO LAGOS OPAZO, ya individualizado, del requerimiento que se había formulado en su contra, que lo sindicaba de ser autor de un delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, que se decía cometido por él en perjuicio de doña Allison Jaque en territorio de esta jurisdicción el día 02 de mayo del año 2022. II.- Se declara, asimismo, que por haber tenido motivo plausible para litigar y por no ser de su responsabilidad la incomparecencia de la prueba al juicio, se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, quedando la sentencia ejecutoriada con esta fecha. Regístrese, notifíquese. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Código: NQVEXXCSMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-19T08:40:17-0400
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a DANIEL ARMANDO LAGOS OPAZO, ya individualizado, del requerimiento que se había formulado en su contra, que lo sindicaba de ser autor de un delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, que se decía cometido por él en perjuicio de doña Allison Jaque en territorio de esta jurisdicción el día 02 de mayo del año 2022. II.- Se declara, asimismo, que por haber tenido motivo plausible para litigar y por no ser de su responsabilidad la incomparecencia de la prueba al juicio, se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, quedando la sentencia ejecutoriada con esta fecha. Regístrese, notifíquese. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Código: NQVEXXCSMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-19T08:40:17-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, dieciocho de agosto de dos mil veintidós RUC 2200423350-K RIT 3358 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA DANIEL ARMANDO LAGOS OPAZO 0016774656-K Calle crisantemos n° 55 forestal alto Viña del Mar. VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del sigu
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