Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ JORDÁN DENNIS FERNÁNDEZ SANDOVAL

Rol

O-3013-2021

Fecha

16 de agosto de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 19 de mayo de 2021, aproximadamente a las 02:00 horas de la mañana, la interior del domicilio común ubicado en avenida Errazuriz 1935 de Valdivia, el imputado luego de sostener una discusión motivado por celos con su conviviente doña Lya Consuelo Javiel González éste procedió a tomar un cuchillo del tipo cocinero comenzando a golpearla en el sector de la cabeza de la víctima, con la parte trasera del arma, señalándole mientras la golpeaba “te voy a matar, eres una perra, de esta noche no vas a pasar, te tengo odio, nunca te voy a perdonar que me hayas dejado, yo volví contigo para vengarme”. Solicitando la víctima que éste la dejara tranquila, éste procedió nuevamente a golpearla esta vez en las piernas con el mismo elemento corto punzante, luego, tomando un martillo mencionándole a viva voz que con eso la iba a matar. Situación que duró varias horas, estas amenazas, sin que la víctima pudiera llamar a Carabineros, ni solicita a ayuda a vecinos. Posteriormente logro solicitar ayuda del padre por teléfono, quien llegó y logró detener y retener al imputado a la espera de la llegada de Carabineros. Producto de la agresión la víctima resultó con aumento de volumen occipital izquierda, si heridas ni otras lesiones externas evidentes en cuero cabelludo, dolor a la palpación interparietal, herida de un centímetro lineal en labio inferior izquierdo superficial, presenta múltiples hematomas en ambos muslos y piernas, una herida corto punzante superficial en el tercio superior lateral de la pierna derecha, todas estas lesiones clínicamente de carácter leve.. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC Nº2100490937-K, del mismo día de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11, 14, 15, 30, 49, 68, 70, 296 N°3 , 399, 494 N°5 del Código Penal; 5,7 y 9 de la Ley N°20.066; 4, 47, 297, 340, 388 y siguientes del Código Proc

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11, 14, 15, 30, 49, 68, 70, 296 N°3 , 399, 494 N°5 del Código Penal; 5,7 y 9 de la Ley N°20.066; 4, 47, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 8 y 24 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Jordán Dennis Fernández Sandoval, C.I. Nº19.779.104-7, fecha de nacimiento 15 de agosto de 1998, domiciliado en Pasaje Pedro Nolasco Nº 360, San Bernardo, Región Metropolitana, F.E.N. teléfono N°9-97874690, a sufrir las siguientes penas: I.1.- A la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual a beneficio fiscal, por su responsabilidad como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, ejecutado con fecha 19 de mayo de 2021, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de Lya Consuelo Javiel González. I.2.- A la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Código: EXHTXXFVRHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, ejecutado con fecha 19 de mayo de 2021, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de Lya Consuelo Javiel González. I.3.- A consecuencia de lo anterior, a las penas accesorias del artículo 9 letras b) y c) de la Ley N°20.066, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima, su l

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, dieciséis de agosto de dos mil veintidós Hechos: “El día 19 de mayo de 2021, aproximadamente a las 02:00 horas de la mañana, la interior del domicilio común ubicado en avenida Errazuriz 1935 de Valdivia, el imputado luego de sostener una discusión motivado por celos con su conviviente doña Lya Consuelo Javiel González éste procedió a tomar un cuchi

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