BASTIAN MATIAS SOTO VIDAL C/ CESAR ELIAS POMILIO ALTAMIRANO
Rol
O-5926-2018
Fecha
17 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 28 de mayo de 2018 aproximadamente a las 15.00 horas, en el interior de los estacionamientos del mall Buenaventura ubicado en calle San Ignacio N°500 comuna de Quilicura, el imputado, utilizando un control remoto universal, desbloqueó los seguros del vehículo marca Chevrolet, modelo Spark, placa patente DCRY, que la víctima, Bastián Soto Vidal, había dejado estacionado completamente cerrado en el lugar, siendo sorprendido el imputado por la víctima, cuando se encontraba en el interior de la cabina, quien procedió a la detención en compañía de funcionarios policiales cuando se daba a la fuga del lugar. . SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a CESAR ELIAS POMILIO ALTAMIRANO, de nacionalidad Argentina, ya individualizado, a la pena CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MÁXIMO, y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante todo el tiempo de duración de la condena, como autor del delito de robo en lugar no habitado, ilícito previsto y sancionado el artículo 442 N°1 del Código Penal, en grado frustrado, hecho ocurrido en la comuna de Quilicura, territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 28 de mayo de 2018. II.- Que respecto al sentenciado ya individualizado, NO se reúnen requisitos de la ley 18.216 y la pena debe cumplirse de manera real y efectiva sirviéndole de abono el día 29 de mayo de 2018. KJVFXXXSQPX CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 18/08/2022 15:05:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl III.- Se deja sin efecto cautelares. IV.- Que no se condena en co
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a CESAR ELIAS POMILIO ALTAMIRANO, de nacionalidad Argentina, ya individualizado, a la pena CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MÁXIMO, y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante todo el tiempo de duración de la condena, como autor del delito de robo en lugar no habitado, ilícito previsto y sancionado el artículo 442 N°1 del Código Penal, en grado frustrado, hecho ocurrido en la comuna de Quilicura, territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 28 de mayo de 2018. II.- Que respecto al sentenciado ya individualizado, NO se reúnen requisitos de la ley 18.216 y la pena debe cumplirse de manera real y efectiva sirviéndole de abono el día 29 de mayo de 2018. KJVFXXXSQPX CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 18/08/2022 15:05:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl III.- Se deja sin efecto cautelares. IV.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido responsabilidad, evitando la realización de un juicio oral y los gastos que ello implica
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO POR ZOOM. FECHA: Diecisiete de agosto de dos mil veintidós TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: 1800520392-5 RIT: 5926-2018 IMPUTADO CESAR ELIAS POMILIO ALTAMIRANO C.I. 14.861.278-1 FECHA DE NACIMIENTO 24/03/1996 DIRECCION Pasaje Ensueño Nº 429 COMUNA: Puente Alto DELITO Robo en l
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