C/ JORDÁN GONZÁLEZ PEÑA
Rol
O-367-2020
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JORDÁN GONZÁLEZ PEÑA, Cédula de Identidad 19.470.487-9, desconozco profesión u oficio, domiciliado en AV. DEL TRABAJADOR N° 194, BOLLOTO, QUILPUÉ se resuelve en v irtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: El día 26 de octubre de 2019, alrededor de las 06.40 hrs., en el domicilio ubicado en Gabriel Dazarola N° 244, Villa Alemana, el requerido JORDÁN GONZÁLEZ PEÑA, aparentemente bajo los efectos del alcohol y las drogas, agredió sin causa justificada a su ex pareja, Josefa Martínez Ferreira, con quien mantiene una hija menor en común, y al salir el padre de esta última, Rubén Martínez Gaete, en su defensa, GONZÁLEZ PEÑA, procedió igualmente a agredirlo con golpes de puño en el rostro, huyendo después del domicilio en dirección desconocida. A raíz de la agresión, la v íctima Josefa Martínez Ferreira resultó con lesiones de carácter leve, consistentes en “leve eritema en región medial de rótula izquierda sensible a la palpación en región anterior de ambas rodillas sin deformidad ósea”, según el Dato de Atención de Urgencia Nº 3175304, emanado del Hospital de Peñablanca. En tanto, Rubén Martínez Gaete, resultó asimismo con lesiones de carácter leve, consistes en “herida contusa aprox. 1,5 cms. poco profunda en región parietal izquierda; presenta aumento de volumen a nivel de región maxilar izquierda; presenta herida superficial costrosa región ciliar izquierda; en su borde externo se realiza afrontamiento de herida con hystoacril”, según el Dato de Atención de Urgencia Nº 3175305, emanado del Hospital de Peñablanca. MLTGXXNEWXX Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 18/08/2022 14:08:27 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Respecto del hecho precedentemente descrito, en concepto del Ministerio Público, constituye dos delitos de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, prev isto en el Art. 399 del Código Penal, en relación al Art. 5 de la ley 20.066, cometidos en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole al requerido participación en calidad de AUTOR
Fallo
se resuelve en v irtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: El día 26 de octubre de 2019, alrededor de las 06.40 hrs., en el domicilio ubicado en Gabriel Dazarola N° 244, Villa Alemana, el requerido JORDÁN GONZÁLEZ PEÑA, aparentemente bajo los efectos del alcohol y las drogas, agredió sin causa justificada a su ex pareja, Josefa Martínez Ferreira, con quien mantiene una hija menor en común, y al salir el padre de esta última, Rubén Martínez Gaete, en su defensa, GONZÁLEZ PEÑA, procedió igualmente a agredirlo con golpes de puño en el rostro, huyendo después del domicilio en dirección desconocida. A raíz de la agresión, la v íctima Josefa Martínez Ferreira resultó con lesiones de carácter leve, consistentes en “leve eritema en región medial de rótula izquierda sensible a la palpación en región anterior de ambas rodillas sin deformidad ósea”, según el Dato de Atención de Urgencia Nº 3175304, emanado del Hospital de Peñablanca. En tanto, Rubén Martínez Gaete, resultó asimismo con lesiones de carácter leve, consistes en “herida contusa aprox. 1,5 cms. poco profunda en región parietal izquierda; presenta aumento de volumen a nivel de región maxilar izquierda; presenta herida superficial costrosa región ciliar izquierda; en su borde externo se realiza afrontamiento de herida con hystoacril”, según el Dato de Atención de Urgencia Nº 3175305, emanado del Hospital de Peñablanca. MLTGXXNEWXX Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 18/08/2
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JORDÁN GONZÁLEZ PEÑA, Cédula de Identidad 19.470.487-9, desconozco profesión u oficio, domiciliado en AV. DEL TRABAJADOR N° 194, BOLLOTO, QUILPUÉ se resuelve en v irtud de los siguientes fu
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