1º Juzgado de Letras de Buin

TRIVENTO SPA/

Rol

V-17-2019

Fecha

5 de marzo de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don Sebastián Huidobro Carrere, chileno, casado, abogado, RUN N°13.905.291-9, en representación de Trivento SpA, empresa del giro de asesorías e inversiones financieras, RUT N°76.594.778-2, domiciliados en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°71, oficina 1702, comuna de Providencia y ciudad de Santiago, quien presentó solicitud de constitución de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 200 hectáreas denominada KARIBA. Funda su solicitud indicando que el punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Paine y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes: 6.252.800,00 metros Norte y 351.900,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Concluye señalando, que el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 2.000 metros. Por tanto, solicita tener por presentado el pedimento, ordenando su inscripción y publicación en conformidad a la ley, dándole copia autorizada y en definitiva se declare constituida a favor de su representado la concesión minera de exploración denominada KARIBA. Invoca el artículo 34 del Código de Minería. A folio 7, el solicitante pidió se dicte sentencia constitutiva de la concesión de exploración "KARIBA", la que comprende un rectángulo cuya longitud de sus lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 1000 metros y Este-Oeste U.T.M. miden 2000 metros, abarcando una superficie de 200 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio (P.M.) y de los vértices que delimitan el Foja: 1 perímetro de la cara superior de la concesión de exploración solicitada están referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisori

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, no existen ilegalidades o faltas sobre las que este tribunal deba pronunciarse; SEGUNDO: Que, no se ha incurrido en vicios procesales que valorar en el procedimiento, ni de caducidad que lo anulen; TERCERO: Que el presente pedimento fue presentado ante este Tribunal el día 21 de marzo de 2019, a las 15:25:47 horas (hora continental); CUARTO: Que se ha cumplido en debida forma y dentro de los plazos legales, todos y cada uno de los trámites, diligencias o actuaciones que el Código de Minería prescribe en los párrafos primero, tercero y cuarto de su Titulo Quinto, para los efectos de constituir una concesión de exploración;

Fallo

Por tanto, solicita tener por presentado el pedimento, ordenando su inscripción y publicación en conformidad a la ley, dándole copia autorizada y en definitiva se declare constituida a favor de su representado la concesión minera de exploración denominada KARIBA. Invoca el artículo 34 del Código de Minería. A folio 7, el solicitante pidió se dicte sentencia constitutiva de la concesión de exploración "KARIBA", la que comprende un rectángulo cuya longitud de sus lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 1000 metros y Este-Oeste U.T.M. miden 2000 metros, abarcando una superficie de 200 hectáreas. Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio (P.M.) y de los vértices que delimitan el Foja: 1 perímetro de la cara superior de la concesión de exploración solicitada están referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Huso 19, y son las siguientes: COORDENADAS UTM (M) VERTICE NORTE (m) ESTE (m) Punto Medio (P.M.) 6.252.800,00 351.900,00 V 1 6.253.300,00 350.900,00 V 2 6.253.300,00 352.900,00 V 3 6.252.300,00 352.900,00 V 4 6.252.300,00 350.900,00 Agrega, que la relación entre el vértice V 1 y el Punto Medio (P.M.) es de: 1118,034 m. en distancia U.T.M., 129,5167 g. en azimut U.T.M. y S- 70,4833 g.-E en rumbo. Los valores angulares están expresados en grados centesimales expresados al segundo y las distancias en metros con precisión de centímetros. Igualmente, consta que se inscribió el Pedimento Minero, con fecha 09 de abril de 2019,

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Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : V-17-2019 CARATULADO : TRIVENTO SPA/ Buin, cinco de Marzo de dos mil veinte VISTOS: A folio 1, comparece don Sebastián Huidobro Carrere, chileno, casado, abogado, RUN N°13.905.291-9, en representación de Trivento SpA, empresa del giro de asesorías e inversiones financieras, RUT N°76.594.778-2,

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