Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

RUIZ CON SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A.

Rol

M-383-2021

Fecha

23 de agosto de 2021

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS  X     ·         HECHOS A PROBAR  X     ·         OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDADA X     1.- DOCUMENTAL  X     2.- CONFESIONAL  X     OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE  X     1.- DOCUMENTAL  X     2.- CONFESIONAL  X     ·         OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA  X     ·         OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE  X     ·         SENTENCIA  X     PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X      * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886   X    * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL   X    ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA 1       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X      * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886   X    * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL   X    DELEGA PODER: El Tribunal tiene presente la delegación de poder efectuada por el abogado de la parte demandante don DIEGO CARLOS EDUARDO BELMAR OJEDA, RUN 17.259.721-1, a los abogados NICOLAS YAÑEZ INOSTROZA, RUN 17.725.926-8 y GIANINNA TAPIA CÓRDOVA, RUN 18.358.425-1. CONCILIACION: El Tribunal propone las bases para lograr una conciliación, y ésta NO se produce. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.- Efectividad de los hechos que se indican en la carta y cómo ellos justifican el despido de la demandante. PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDADA: DOCUMENTAL: 1. Carta de término de contrato de trabajo 2. Finiquito de contrato de trabajo. 3. Informe de Ventas del Comercio Minorista de Regiones Quinta, Octava y Novena para los periodos de Octubre 2019, Fuente: Cámara Nacional de Comercio de Chile. 4. Informe de Ventas del Comercio de Regiones Quinta, Octava y Novena para los periodos de Noviembre 2019, Fuente: Cámara Nacional de Comercio de Chile. 5. Informe de Ventas del Comercio de Regiones Quinta, Octava y Novena para los periodos de Di

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: En esta causa comparece doña FLORENTINA ROSA RUIZ SALGADO, Rut N°11.105.055-4, chilena, cesante, domiciliado en calle Prat 350, oficina 809, de la ciudad de Temuco, interponiendo demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A. RUT Nº 76.062.794-1, representada legalmente por Marcelo Rivera Farfan, cédula nacional de identidad N°7.681.840-1, o por quién haga las veces de tal, conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Manuel Montt N° 1132, comuna y ciudad de Temuco,. Sostienen que comenzó a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia, para la demandada, con fecha 1 de marzo de 2008 hasta el 31 de mayo de 2021, para desarrollar las labores según consta en su contrato de trabajo de operadora perecibles, en el establecimiento de Santa Isabel Administradora S.A., ubicado en calle Manuel Montt N° 1132, de la ciudad de Temuco. Su remuneración mensual era la suma de e $407.146 y su contrato de duración indefinida. El 31 de mayo de 2021, sin previo aviso, la demandada puso término al contrato de trabajo por la causal del Artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo “necesidades de la empresa” mediante carta de aviso de despido , donde se indicaba que se ponía término a su contrato con esa , fundando la causal en “…La aplicación de la referida causal se configura, por cuanto la empresa, y en base a los resultados económicos obtenidos en el local en el cual se desempeña, no ha logrado conseguir el punto de equilibrio comercial proyectado, lo cual se basa principalmente en que los ingresos del local se contraponen en menor medida a los gastos de la operación de este, obteniendo un resultado menor al planificado y/o esperado. Por todo lo anterior, es que estamos desarrollando un proceso de restructuración tanto a nivel general (en diversos locales de la empresa), como en el local especifico en el que usted se desempeña. Tal como se ha descrito, esta reestructuración obedece a la constante búsqueda de eficiencias en los procesos y procedimientos de la compañía, que en esta oportunidad ha concluido la supresión de la funciones que usted realiza en el cargo de op.perecibles II, atendida la racionalización y disminución de la dotación , lo que ha derivado en desvinculación de un número importante de colaboradores durante el año en ejercicio.…”. Con fecha 30 de junio del año en curso, firmó finiquito dejando en él una reserva de derecho por la causal invocada, años de servicios, y los descuentos realizados en el finiquito. El finiquito fue firmado ante la inspección de trabajo de Temuco y en ese acto debía recibir la suma total de $4.976.569 por concepto de vacaciones, indemnización sustitutiva del aviso previo e indemnización por años de servicios, sin embargo, al realizar el descuento www.belmarabogados.cl por parte del empleador por concepto de aporte AFC correspondiente a $767.063, el líquido a pagar fue de $4.209

Fallo

se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida en esta causa por doña FLORENTINA ROSA RUIZ SALGADO en contra de SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A, declarándose que su despido por la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo ha sido improcedente y condenándose a la demandada a pagar las siguientes prestaciones: a.- $1.343.582 por incremento del 30% del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo; y b.- $767.063 por devolución del descuento indebido del seguro de cesantía. II.- Las sumas indicadas deberán pagarse con los reajustes e intereses del artículo 173 del Código del Trabajo. II.- Cada parte soportará sus propias costas. Regístrese, notifíquese y en caso de no pago, pase a cobranza en la oportunidad legal. NOTIFICACIÓN: Las partes presentes en esta audiencia quedan notificadas de todo lo obrado en ella. Sin perjuicio de lo señalado, remítase la presente Acta de Audiencia a los correos electrónicos señalados. R.I.T. M-383-2021 R.U.C. 21- 4-0348267-3 Resolvió don ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La presente audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra, en el registro de audio del Tribunal.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 23/08/2021 RUC 21- 4-0348267-3 RIT M-383-2021 MAGISTRADO ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT ADMINISTRATIVO DE ACTAS José Antonio Benavente Pérez, Sala VIRTUAL N° 2 HORA DE INICIO 09:38 horas HORA DE TÉRMINO 10:27 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2140348267-3-1344 PARTE DEMANDANTE FLORENTINA ROSA RUIZ SALGAD

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