ANGELO BAEZA CISTERNAS C/ FRANCISCO JAVIER CASTILLO HERRERA
Rol
O-1337-2020
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
CUASIDELITO DE LESIONES: ART 490, 491 INC 2° Y 492.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 09 de enero del año 2020 a eso de las 7:25 horas aproximadamente don el imputado Francisco Castillo Herrera conducía el vehículo tipo automóvil taxi colectivo placa patente HWYX-67 por calle Colo Colo en dirección al sur cuando al llegar a la intersección de calle Hurtado de Mendoza, por no estar atento a las condiciones de tránsito, hizo caso omiso a la señal PARE existente en el lugar ingresando al cruce de calzadas obstaculizando el paso de la motocicleta marca Honda patente ML-145 conducida por don Bernardo Aspiazú Céspedes que transitaba por calle Hurtado de Mendoza con derecho preferente de paso. Como consecuencia de lo anterior se produce una colisión entre los vehículos conducidos por el señor Aspiazu y el Señor Castillo resultando el primero de ellos con lesiones de carácter grave consistente en fractura de tibia y peroné, policontusiones y hematoma en región frontal según dato de atención de urgencias del Hospital local e informe del servicio médico legal de Calama mientras que el imputado resultó sin lesiones. El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, dieciocho de agosto de dos mil veintidós Y de conformidad con lo previsto en el artículo 490 N° 2, 492 del Código Penal, en relación a los artículos 1, 11 N° 6, 14 N°1, 15 N° 1, 30 del mismo cuerpo legal, artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 4 de la Ley 18.216; se declara: I. Que, se condena a FRANCISCO JAVIER CASTILLO HERRERA, cedula de identidad N° 0014570261- 5, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 06 meses, y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de CUASIDELITO DE LESIONES GRAVES, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 09 de enero del año 2020. II. Que, se le otorga al condenado la PENA SUSTITUTIVA
Fallo
se declara: I. Que, se condena a FRANCISCO JAVIER CASTILLO HERRERA, cedula de identidad N° 0014570261- 5, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 06 meses, y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de CUASIDELITO DE LESIONES GRAVES, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 09 de enero del año 2020. II. Que, se le otorga al condenado la PENA SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo mínimo establecido en la Ley, esto es, un año, debiendo para tales efectos presentarse ante el Centro de Reinserción Social de El Loa Calama el día 05 de Septiembre de 2022, si no se presenta se le despachara orden de detención en su contra y en todo caso le servirá de abono un día en la presente causa. III. Que, se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa en atención que ha sido asesorado por la Defensa Penal Pública Licitada y con su admisión de responsabilidad le ha ahorrado un juicio oral simplificado al Estado. IV. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 18.216, respecto del imputado, omítase las anotaciones correspondientes a que da origen esta sentencia, en los certificados de antecedentes del sentenciado. Código: CDTFXXXMWMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser va
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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO RIT : 1337 - 2020 RUC : 2000038355-5 FECHA : dieciocho de agosto de dos mil veintidós HORA INICIO : 09:43 hrs. HORA TÉRMINO : 09:59 hrs. DELITO : CUASIDELITO DE LESIONES GRAVES. JUEZ : MARIANA MILENG CHIANG MUÑOZ FISCAL : CLAUDIO HERNAN ROJAS PIRO DEFENSOR : FRANCISCA SULLIVAN ORELLANA IMPUTADO 1 : FRANCISCO JAVIER CASTILLO HERRERA, Comparece. RUT : 001
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