18º Juzgado Civil de Santiago

TRONCOSO/

Rol

V-197-2019

Fecha

5 de marzo de 2020

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

Foja: 1 FOJA: 23 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-197-2019 CARATULADO : TRONCOSO/ Santiago, cinco de Marzo de dos mil veinte VISTOS, Al folio 1, comparece don EDZAUL IVAN TRONCOSO NAVARRO, RUN N°15.723.924-4, químico laborista, domiciliado en Río Cautín N°3724, comuna de San Joaquín, quien expresa: Ser dueño del vale vista N° 2293928, tomado en la casa Central del Banco consorcio, ubicado en calle El Bosque Sur 130, piso 7, comuna de Las Condes por un monto inicial de $3.253.614.-, el que se encuentra actualmente extraviado. Previas citas legales, pide se declare el extravío del documento antes individualizado, que no se efectúe el pago del mismo, dejando sin efecto la copia extraviada, ordenando emisión de un duplicado del vale vista original y con mérito de copia autorizada de la sentencia, le permita ejercer los derechos que le correspondía, en virtud del vale vista referido. Con fecha 1 de agosto de 2010, consta notificación personal al representante del Banco Consorcio. Con fecha 15 de octubre de 2019, consta que se hizo la publicación legal en el Diario Oficial de la R. de Ch Con fecha 13-01-2020 se certificó que no consta en autos que demás interesados hayan comparecido a hacer valer sus derechos. Con fecha 11 de febrero, se trajeron los autos para fallo. TENIENDO PRESENTE: Que, el mérito de los antecedentes acompañados, especialmente copia de Certificado extendido por el Banco Consorcio dando cuenta que don Edzaul Iván Troncoso Navarro, RUN N°15.723.924-4, mantiene un vale a la vista en estado de entregado N° 2293928; de la Publicación Legal en el Diario Oficial de fecha 15-10- 2019; y de la certificación realizada por la señora Secretaria del Tribunal, de no constar en autos que demás interesados hayan comparecido a hacer valer sus derechos. Asimismo,

Fundamentos

considerando lo dispuesto en el artículo 88 y siguientes de la Ley 18.092, en relación con lo dispuesto en la Ley 18.552,

Fallo

se declara: I.- Que, se hace lugar a la solicitud de extravío del Vale a la Vista en estado de entregado N° 2293928 a don Edzaul Iván Troncoso Navarro, RUN N°15.723.924-4, por la suma inicial de $3.253.614.-, (tres millones doscientos cincuenta y tres mil seiscientos catorce pesos); pudiendo el solicitante o quien sus derechos represente, ejercer los derechos que le correspondan en su calidad de dueño y portador legítimo del documento. II.- Que esta sentencia más copia autorizada de estos autos reemplazará a la única copia autorizada del Vale a la Vista sublite. Regístrese, dése copias autorizadas y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Lidia Patricia Hevia Larenas, Juez Suplente. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-05T12:22:34-0300

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Foja: 1 FOJA: 23 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-197-2019 CARATULADO : TRONCOSO/ Santiago, cinco de Marzo de dos mil veinte VISTOS, Al folio 1, comparece don EDZAUL IVAN TRONCOSO NAVARRO, RUN N°15.723.924-4, químico laborista, domiciliado en Río Cautín N°3724, comuna de San Joaquín, quien expresa: Ser dueño del vale vista N° 2293928, tomado en

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