C/ ALEJANDRA PAOLA TAPIA CORTÉS
Rol
O-13940-2019
Fecha
17 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Ante este Juzgado de Garantía de Puente Alto, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral Simplificado en la causa Rol Interno Tribunal 13940-2019, seguida en contra de CRISTIAN JAVIER CAREAU GONZÁLEZ, cedula de identidad Código: GXCXXXXPNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Nº 16.691.666-6, 35 años, soldador calificado, soltero, domiciliado en Callejón Luis Navarrete N°128-B, comuna de Pirque. Sostuvo el requerimiento el Ministerio Público, en cuya representación intervino el fiscal don Felipe Páez Moya, en tanto que la defensa del requerido estuvo a cargo de la defensora penal pública doña María Constanza Bravo Stockle, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Requerimiento y argumentaciones de la fiscalía. El requerimiento materia del juicio fue el siguiente: “El día 22 de octubre de 2019, aproximadamente a las 00:32 horas, en circunstancias que se encontraba en Estado de Excepción Constitucional la comuna de Puente Alto, el imputado CRISTIAN JAVIER CAREAU GONZÁLEZ, junto a ALEJANDRA PAOLA TAPIA CORTÉS (ya condenada), empleando la fuerza mediante el descerrajamiento de la cortina comercial, procedieron a ingresar a la tienda denominada “Family Shop” ubicado en Avda. Concha y Toro N° 32, Puente Alto, de donde proceden a sustraer diversas especies, las que guardan en mochilas para luego salir del lugar, todo esto registrado por cámaras, llegando carabineros y procediendo a la detención de dichos individuos, encontrando las especies en su poder”. A juicio de la Fiscalía, los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Robo en Lugar No Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº 2, en relación con lo dispuesto por el artículo 432, ambos del Código Penal. El Ministerio Público estima que respecto del requerido concurre la circunstancia atenuante de respons
Fundamentos
considerando undécimo de esta sentencia. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: GXCXXXXPNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese, dese las copias autorizadas que corresponda y archívese en su oportunidad. RUC N° 1901137891-1 RIT N°13940-2019 Dictada por doña GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ, Jueza del Juzgado de Garantía de Puente Alto. Dirigió la audiencia y resolvió doña GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRIGUEZ Juez del Juzgado de Garantía de Puente Alto. o La presente acta sólo constituye un registro administrativo confeccionada por el funcionario de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. o Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Código: GXCXXXXPNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-18T19:08:24-0400
Fallo
se acuerda de las fechas ni de los elementos que pueden dar por sentado la participación de su representado. Doña Constanza Núñez tampoco entrega mayores antecedentes en torno a la fecha en que habría sido cometido este ilícito, tampoco de haber Código: GXCXXXXPNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl observado de manera directa esta sustracción por medio de la fuerza en ese lugar, solo indica que habían recibido una denuncia y no tiene mayores antecedentes porque cuando llega a ese lugar no hay individuo que pudiere señalar que su representado hubiere participado o no. Es detenido fuera o lejos según lo dicho por el señor Anjel que señala que se encontraba retirado del local comercial por lo que malamente podría vincular al imputado los hechos. Por otro lado, la declaración de don Ariel Anjel resulta curiosa, recuerda cada uno de los elementos consultados por el ente persecutor, sin embargo, no recuerda ninguna de las preguntas realizadas por la defensa en torno al hecho, a la fecha, sin embargo, el fiscal le preguntó las características específicas de estos individuos los que recordó en forma precisa, lo que da cuenta de una declaración acomodaticia y no lo que este funcionario habría vivido y recordado el día de hoy. Así las cosas, no fue posible acreditar más allá de toda duda razonable la existencia de este hecho, no hay ninguna descripción de un testigo presencial de aquellas personas que habían ingresa
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha Puente Alto., diecisiete de agosto de dos mil veintidós Magistrado GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ Fiscal MICHAEL FLORES Defensor MAURICIO JARA Hora inicio 01:25PM Hora termino 01:32PM Sala SALA JOS 1 VC Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta RSC RUC 1901137891-1 RIT 13940 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA
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