1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SAN MARTÍN/INDRA SISTEMAS CHILE S.A.

Rol

O-1997-2021

Fecha

20 de agosto de 2021

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece ante este tribunal Emmerson Alexander Lazcano Zenteno, cédula nacional de identidad N° 17.375.020-K, domiciliado para estos efectos en Calle Bandera N°465, Oficina 307, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, abogado y mandatario en representación de don David Mauricio San Martin Sánchez, cesante, cédula nacional de identidad N° 15.350.467-9, domiciliado en Vargas Bustos N° 1051, departamento 1104, comuna de San Miguel, y deduce demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, indebido o improcedente, y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra del ex empleador de su mandante Indra Sistemas Chile S.A., Rut N° 96.851.110-6, representada legalmente en los términos del artículo 4 del Código del Trabajo por don Luis Fernando Cuezzo Merino, cédula nacional de identidad N° 21.164.116-9, desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea N°2800, piso 12, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Atendido lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 41, 42, 58, 161, 168 letra a), 63, 71, 73 inciso 2, 67, 172, 173, 420 letra a), 446, 452, 453 N°1 inciso 7, 454, 456, 457, 458 y 459 del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil; se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por don Emmerson Alexander Lazcano Zenteno, en representación de don David Mauricio San Martin Sánchez, y en contra de la demandada Indra Sistemas Chile S.A., y en consecuencia se declara: a. La existencia de la relación laboral habida entre las partes desde el 10 de marzo del año 2014 hasta el 01 de marzo del año 2021; b. Que el despido del actor acaecido el 01 de marzo del año 2021 es improcedente; II.- Que en consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes remuneraciones, compensaciones e indemnizaciones: a. $2.404.052, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b. $16.828.364, por concepto de indemnización por años de servicios; c. $5.048.509,

Fundamentos

fundamentos en audio. Reposición de la parte demandante. Consta en audio. El Tribunal Resuelve, no ha lugar. Constan los fundamentos en audio. Oficio: La parte demandante se desiste de oficio a la Dirección del Trabajo. Observaciones a la prueba: Registrada íntegramente en audio. CONSTANCIA: Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA: En Santiago, a veinte de agosto de dos mil veintiuno. Vistos: Comparece ante este tribunal Emmerson Alexander Lazcano Zenteno, cédula nacional de identidad N° 17.375.020-K, domiciliado para estos efectos en Calle Bandera N°465, Oficina 307, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, abogado y mandatario en representación de don David Mauricio San Martin Sánchez, cesante, cédula nacional de identidad N° 15.350.467-9, domiciliado en Vargas Bustos N° 1051, departamento 1104, comuna de San Miguel, y deduce demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, indebido o improcedente, y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra del ex empleador de su mandante Indra Sistemas Chile S.A., Rut N° 96.851.110-6, representada legalmente en los términos del artículo 4 del Código del Trabajo por don Luis Fernando Cuezzo Merino, cédula nacional de identidad N° 21.164.116-9, desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea N°2800, piso 12, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Atendido lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 41, 42, 58, 161, 168 letra a), 63, 71, 73 inciso 2, 67, 172, 173, 420 letra a), 446, 452, 453 N°1 inciso 7, 454, 456, 457, 458 y 459 del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil;

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por don Emmerson Alexander Lazcano Zenteno, en representación de don David Mauricio San Martin Sánchez, y en contra de la demandada Indra Sistemas Chile S.A., y en consecuencia se declara: a. La existencia de la relación laboral habida entre las partes desde el 10 de marzo del año 2014 hasta el 01 de marzo del año 2021; b. Que el despido del actor acaecido el 01 de marzo del año 2021 es improcedente; II.- Que en consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes remuneraciones, compensaciones e indemnizaciones: a. $2.404.052, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b. $16.828.364, por concepto de indemnización por años de servicios; c. $5.048.509, por concepto de incremento de un 30% por sobre la indemnización por años de servicios; d. $80.135, por concepto de remuneraciones de un día trabajado del mes de marzo del año 2021, debiendo la parte demandada efectuar los descuentos legales previstos en el artículo 58 y otras normas pertinentes, previo a su pago; e. $2.553.246, por concepto de compensación de 32 días corridos adeudados por conceptos de feriados anuales y proporcionales; III.- Que las sumas ordenadas pagar se reajustarán y devengarán los intereses previstos en los artículos 63 y 173 del código del ramo; IV.- Que advirtiéndose de las liquidaciones de remuneraciones acompañadas por las partes la existencia de una orden de retención judicial, la parte demandada deberá retener del monto d

Texto Completo (Preview)

1º JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20/08/2021, Santiago RUC 21-4-0328783-8 RIT O-1997-2021 MAGISTRADO CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisca Urqueta Bazaes HORA DE INICIO 10:34 HORA DE TERMINO 11:39 SALA Sala virtual N°18 (5.3) Nº REGISTRO DE AUDIO 2140328783-8-1348 PARTE DEMANDANTE DAVID MAUR

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