ANONIMIZADO
Rol
P-1825-2022
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
VULNERACIÓN DE DERECHOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que,
Fundamentos
considerando que de acuerdo a la Ley de Maltrato Escolar los hechos denunciados corresponden ser investigados y sancionados por el establecimiento educacional, así como adoptar medidas de contención, prevención y reparación, debiendo fiscalizar esta situación la Superintendencia de Educación,
Fallo
se resuelve: No ha lugar a adoptar medidas de protección. Sin perjuicio de lo anterior, y para los efectos establecidos en el inciso tercero del Artículo 16 D de la Ley N° 20.370, póngase la situación en conocimiento de la...
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Familia de Osorno Los Carrera N° 1350, Osorno. Teléfonos: (64) 2421996 / (64) 2311511 e-mail: jfosorno@pjud.cl Osorno, veinte de diciembre de dos mil veintidós VISTOS: Que, considerando que de acuerdo a la Ley de Maltrato Escolar los hechos denunciados corresponden ser investigados y sancionados por el establecimiento educacional, así como adoptar medidas de contención, prevención y rep
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica